Copago farmacéutico 

Cómo hago para no pagar los fármacos si recibo el ingreso mínimo vital

Este año ha entrado en vigor la exención del copago farmacéutico para diversos colectivos vulnerables que suman hasta 6 millones de personas. 

Euros en un cajero.
Euros en un cajero.
Imagen de Peggy und Marco Lachmann-Anke en Pixabay.

Se denomina copago farmacéutico al pago que se efectúa al comprar un medicamento o producto sanitario que requiere receta. Fue aprobado en 2012 por el gobierno de Mariano Rajoy y uno de los cambios más importantes al respecto ha entrado en vigor este enero de 2021. Y es que ese coste ya ha dejado de ser obligatorio para diversos colectivos que suman seis millones de personas. 

Entre los colectivos exentos del copago farmacéutico se encuentra el de las personas con prestación económica por hijo a su cargo, así como el de los pensionistas con rentas bajas. También quedan exentos desde este 1 de enero los menores de edad con un 33% o más de discapacidad.  Tal y como avanzó el Ministerio de Sanidad en un comunicado, este paso suponía un "avance" para la eliminación progresiva de los copagos farmacéuticos y daba, además, garantías para que no se pudiesen introducir nuevos copagos. 

Entonces, ¿entra dentro de esos colectivos los beneficiarios del ingreso mínimo vital? Lo cierto es que sí, pero no desde este enero, ya que es algo que, tal y como se aprobó en un real decreto el pasado junio, aquellos que reciban este tipo de ayuda también están exentas de pagar esos medicamentos. 

¿Qué tienen que hacer los beneficiarios del ingreso mínimo vital para comprar medicamentos sin aportar dicha prestación? Para ello, se puede solicitar la exención farmacéutica en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a través del buzón sin certificado, identificándose y explicando su caso en un escrito acompañado del DNI. 

Nuevos importes del IMV en 2021

Además, hay que tener en cuenta, que el ingreso mínimo vital experimentó una subida del 1,8% a partir del 1 de enero de 2021, por lo que las nuevas rentas garantizadas quedarían de la siguiente manera:

  • Un adulto: 5.639,20 euros
  • Un adulto y un menor: 8.571,58 euros
  • Un adulto y dos menores: 10.263,34 euros
  • Un adulto y tres o más menores: 11.955,10 euros
  • Dos adultos: 7.330,96 euros
  • Dos adultos y un menor: 9.022,72 euros
  • Dos adultos y dos menores: 10.714,48 euros
  • Dos adultos y tres o más menores: 12.406,24 euros
  • Tres adultos: 9.022,72 euros
  • Tres adultos y un menor: 10.714,48 euros
  • Tres adultos y dos o más menores: 12.406,24 euros
  • Cuatro adultos: 10.714,48 euros
  • Cuatro adultos y un menor: 12.406,24 euros
  • Otros: 12.406,24 euros
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