Cómo reclamar el salario mínimo

¿Qué puedo hacer si no me pagan el nuevo salario mínimo en la nómina?

Cobrar menos del Salario Mínimo Interprofesional es ilegal. En el sueldo de febrero se deberá ver reflejada la subida de 80 euros brutos tanto en el mes en curso como el correspondiente al mes pasado. 

¿Qué puedo hacer si no me pagan el nuevo salario mínimo en la nómina?
¿Qué puedo hacer si no me pagan el nuevo salario mínimo en la nómina?
¿Qué puedo hacer si no me pagan el nuevo salario mínimo en la nómina?

Este martes, 28 de febrero, es para muchos trabajadores un día muy esperado, ya que verán reflejado en la nómina correspondiente al mes de febrero la subida del salario mínimo. Fue a mediados de mes cuando el Gobierno de España, a petición del Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado a día de hoy por Yolanda Díaz, aprobó el nuevo SMI, que pasa de los 1.000 a los 1.080 euros brutos al mes repartidos en 14 pagas por trabajar 40 horas a la semana.

Otro punto a tener en cuenta es que esta alza tendrá efecto con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2023, es decir, esos 80 euros brutos de más deberán de ser abonados por el empleador en el sueldo del mes en curso y del mes pasado, esto es, el de enero. Pero no siempre es así. ¿Qué hacer cuándo mi empresa no me paga el salario mínimo? No queda otra que reclamar. 

Cómo reclamar si no te pagan el salario mínimo

En primer lugar, para no cometer posibles errores, se aconseja revisar el apartado devengos en la sección salario base. Para quien no sepa de qué se trata, los devengos pueden definirse como todos los conceptos salariales que ha generado un empleado en un mes sin ser aplicado deducciones. Ahí deben figurar sí o sí los 1.080 euros clavados. O 1.260 euros brutos si se tienen las pagas extraordinarias prorrateadas. Si aparece así reflejado, quiere decir que se ha subido el sueldo de acuerdo al Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero

En el caso de que el trabajador asalariado pueda observar una cifra de dinero inferior, habrá que reclamarlo. En cualquier caso, no hay que temer represalias por hacerlo, puesto que el despido por reclamar el salario mínimo interprofesional se considera nulo. En cualquier caso, lo primero que se recomienda, antes de iniciar acciones legales, es hablar y dialogar con la empresa. Un buen ejemplo de ello, sería dirigirse al departamento de nóminas, o al equipo de recursos humanos, exponer el error y pedir que se corrija con la mayor brevedad posible. 

En el caso de que las explicaciones no les convenzan, y el empleador no haga nada por subsanarlo, habrá que pasar al siguiente nivel. Es momento de pedir la subida de sueldo a través de un burofax. Habrá que acreditar el envío para tener la prueba de que se ha notificado correctamente. En caso de que el burofax no surta efecto, no queda otra que aumentar la presión y presentar la papeleta de conciliación en el centro de mediación y arbitraje de nuestra comunidad autónoma. Será entonces cuando un letrado le reunirá con la empresa para alcanzar una solución. Lo normal es que aquí termine el conflicto, sin embargo, en caso contrario, quedará presentar una demanda en el Juzgado de lo Social. 

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