Consultorio de Vivienda

Al comprar una casa de segunda mano... ¿Qué tengo que saber antes de firmar?

Una vivienda.
Una vivienda.
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Pregunta

Voy a comprar una vivienda de segunda mano. ¿Qué cosas importantes debería comprobar o tener en cuenta antes de firmar una reservar o cualquier otro documento que me comprometa? 

A la hora de comprar una vivienda de segunda mano son varios los aspectos a tener en cuenta. Desde el Consultorio de Vivienda de La Información destacamos los siguientes puntos. 

En relación con el estado de la vivienda

Conviene asegurarse de que la vivienda que va a adquirir se encuentra en buen estado desde el punto de vista edificatorio y de instalaciones. Aunque obviamente ello dependerá mucho de la antigüedad del edificio y de la conservación y mantenimiento tanto de la vivienda en sí misma como de las zonas comunes, lo mejor es recurrir a los servicios de un profesional (arquitecto superior o técnico) que la examine. 

También podemos recabar de la Comunidad de Propietarios y/o del Ayuntamiento información relativa a si el edificio está al corriente de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) y si pudiera existir algún expediente urbanístico no resuelto (tal es el caso de obras sin licencia, infracción urbanística...).

Titularidad, posibles cargas, gravámenes, deudas... 

En la compra de vivienda de segunda mano es imprescindible solicitar una nota simple del Registro de la Propiedad al objeto de obtener  información sobre cuestiones tan esenciales como la identidad de su titular o titulares (asegurarnos de que quien nos está vendiendo es realmente propietario o tiene facultad para vender) o si pesa sobre la vivienda algún gravamen o servidumbre de paso, embargo...).

Para saber si pesa sobre la vivienda alguna deuda por impago de cuotas comunitarias, el futuro comprador puede intentar recabar dicha información a través del representante de la Comunidad o, en su caso, del administrador -aunque no siempre se consigue ya que se trata de información sensible que pertenece al ámbito privado-. En ocasiones puede no haber deudas devengadas pero sí derramas aprobadas.

Es buena idea intentar que en el documento previo a la compra (por ejemplo, arras) se incluya esta información que puede ser trascendente para la decisión de comprar y que obligatoriamente se va a recoger al otorgar la escritura en su día.

La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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