Lo que casero e inquilino deben hacer en su declaración de la renta 2017

  • Tanto arrendadores como arrendatarios deben incluir en su declaración cualquier actividad económica derivada del alquiler.
Casero e inquilino deben cumplir con sus obligaciones tributarias derivadas del alquiler
Casero e inquilino deben cumplir con sus obligaciones tributarias derivadas del alquiler
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La campaña de la declaración de la renta para el ejercicio fiscal 2017, comenzará el 4 de abril de 2018 y terminará el 27 de junio de 2018. Durante este plazo, es importante ponerse al día si se ha alquilado un piso, ya que tanto caseros como inquilinos, deben incluir en su declaración de la renta la actividad económica relativa al alquiler de la vivienda.

Es importante revisar bien qué papeles hay que presentar, y qué ventajas fiscales se pueden obtener para evitar problemas a la hora de hacer la declaración.

¿Qué obligaciones tiene el casero?

El arrendador está obligado a declarar las rentas provenientes del alquiler, incluso si la vivienda no ha llegado a ser alquilada en el ejercicio fiscal. Además, hay una serie de gastos que se pueden deducir previa justificación de los mismos:

- 1. Los tributos que incidan sobre los rendimientos o sobre la vivienda: El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), la recogida de basuras, los gastos de la comunidad, el alumbrado, etc.

- 2. El pago de servicios o suministros para la vivienda: luz, agua, gas, teléfono u otros servicios relacionados.

- 3. Los gastos de conservación de la vivienda. En este apartado solo se incluyen los gastos destinados a mantener el uso normal de los bienes (pintar las paredes, cambio de calderas, etc). Las reformas o mejoras del inmueble no están incluidas.

- 4. La primas del seguro del hogar, y de otros contratos de seguro: responsabilidad civil, incendio, robo, etc

- 5. Los intereses de los préstamos vinculados a la adquisición o la mejora del bien.

- 6. La propia amortización del inmueble y de los bienes.

- 7. Los gastos de formalización del arrendamiento y los de defensa de carácter jurídico.

- 8. También se pueden deducir los saldos de dudoso cobro, siempre que esté suficientemente justificado.

Una vez se calculen los gastos, se restan a los ingresos por alquiler, de forma que obtengamos el rendimiento neto. El impuesto sobre las personas físicas (IRPF), establece que cuando estos arrendamientos sean destinados a la vivienda, se aplica una reducción del 60% del rendimiento neto, independientemente de la edad del arrendatario.

¿Qué obligaciones tiene el inquilino?

En el caso del arrendatario, las ventajas fiscales que se obtienen se han visto reducidas tras la reforma fiscal de 2015, en la que se suprime la deducción estatal por alquiler. Si el contrato de alquiler ha sido firmado a partir del 31 de diciembre de 2014, la deducción por alquiler de vivienda para el ejercicio 2017, variará según lo aprobado por cada Comunidad Autónoma.

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