Complemento de la pensión

Convenio especial o de ahorro: ¿cuál régimen es mejor para la jubilación?

Las lagunas de cotización son desfavorables para las pensiones de los trabajadores, debido a la variabilidad de las bases reguladoras, que toma en cuenta los años inmediatamente anteriores al fin de la vida laboral.

Una calculadora y euros.
Una calculadora y euros.
Imagen de Racool_studio.

Debido a la subida gradual de la edad mínima de jubilación y de los años que hacen falta cotizar para tener derecho a la cuantía máxima de la pensión, cada vez son más los españoles que toman la decisión de buscar otros medios para tener más dinero disponible al final de la vida laboral. Entre las numerosas alternativas que no dependen del sistema público, hay un par que se ajustan a las situaciones en las que los trabajadores no logran cotizar tanto en los últimos años de su vida laboral. Se trata del refuerzo de los ahorros personales y los llamados convenios especiales con la Seguridad Social.

El caso de las lagunas de cotización resulta sumamente desfavorable para las pensiones de los trabajadores, debido a la variabilidad de las bases reguladoras, que tiene en cuenta los años inmediatamente anteriores a la jubilación. En 2022 se empezarán a contar los últimos 25 años antes de empezar a recibir las pensiones. Por lo que cuando si una persona deja de trabajar algunos años antes de jubilarse, es importante tomar medidas adicionales para que el decrecimiento de sus prestaciones no sea tan extremo.

Ahorros extra

La primera opción para muchas personas es echar mano de los ahorros para tener un extra independiente de las prestaciones de la Seguridad Social, ya se reciba en un solo pago o como rentas mensuales. Aprovechar los propios medios para complementar las pensiones tiene algunas ventajas que se vuelven más evidentes cuando se cuenta con ciertas herramientas financieras, como las desgravaciones anuales del IRPF por cada aportación al plan de pensiones. Esta alternativa es especialmente atractiva para aquellos trabajadores que solían cotizar con bases elevadas y ya han alcanzado el tope de la pensión máxima.

Convenios especiales

Otros pueden optar por suscribir un acuerdo conocido como convenio especial con la Seguridad Social, que da derecho a mantener y hasta incrementar su derecho a prestaciones con la condición de pagar ciertas cuotas. La fecha tope para realizarlo, con un nivel de cotización entre la base mínima y la del grupo de cotización en el que estaba adscrito el trabajador, es cuando se cumple un año desde que termina la obligación de cotizar. 

Las modalidades de este convenio admiten, en casos correspondientes a planes específicos, a trabajadores con una baja en un Régimen de la Seguridad Social sin quedar recogidos en otro, a empleados que fueron contratados con remuneraciones inferiores a las habituales durante los 12 meses previos y a beneficiarios de la ayuda para mayores de 55 años.

Mostrar comentarios