Acreditación de la residencia fiscal

El confinamiento abre una vía para que Hacienda 'ataque' a los expatriados VIP

Grandes fortunas y deportistas de élite residentes en otros países a los que el cierre de fronteras cogió en España temen una ofensiva del Fisco para reclamarles sus impuestos.  

Foto de familia de los participaciones en el Campeonato del Mundo de Moto GP 2019
Foto de familia de los participaciones en el Campeonato del Mundo de Moto GP 2019
EFE

El gran campeón español de Moto GP, Marc Márquez, en aquellos días apenas un chaval de 21 años, tuvo que convocar una rueda de prensa para aclarar entre lágrimas que no iba a cambiar su lugar de residencia a Andorra. El rumor había saltado a los medios y se había convertido en un escándalo nacional en un contexto en los que un país hípersensible y con una tasa de paro insoportable aún daba los primeros pasos hacia la recuperación económica. "Quiero dejar claro que pago y seguiré pagando mis impuestos en España", aclaró. Hoy continúa siendo uno de los pocos pilotos de la nutrida 'armada española' en la parrilla de la categoría reina del motociclismo que mantiene su residencia en España, la gran mayoría viven en Andorra. Algo similar ocurre con el pelotón español de ciclistas profesionales, que en un porcentaje muy elevado reside en el país pirenaico. La lista de casos célebres es larguísima: Fernando Alonso, Carlos Moyá, Garbiñe Muguruza, Alberto Contador...

El foco se centra en los deportistas de élite por su popularidad y porque pagan una suerte de peaje social por exhibir la bandera española en sus triunfos...cuando luego pagan impuestos fuera, pero el 'síndrome del expatriado' afecta también a directivos, profesionales liberales de dimensión internacional, artistas o empresarios multinacionales. Personas que tienen en común haber nacido en España pero que desarrollan su actividad profesional en gran medida fuera de nuestras fronteras por lo que la asignación de su residencia fiscal resulta controvertida. Hacienda ha fiscalizado históricamente estas situaciones en busca de indicios de fraude, en ocasiones con éxito, como el célebre caso de Arantxa Sánchez-Vicario, pero en muchas otras en vano. El criterio básico es que el contribuyente pase más de la mitad de los días del año en España y eso rara vez ocurre cuando uno está bien asesorado.

Pero este año es diferente. El coronavirus y las medidas de contención adoptadas por las autoridades sanitarias para contener su expansión ha forzado a que las personas a las que la irrupción de la pandemia cogió en Madrid y Barcelona vayan a estar cerca de tres meses sin poder abandonar la ciudad y ha sometido al resto de residentes en España a restricciones similares para moverse a otro país. El asunto tiene una trascendencia relevante sobre la situación fiscal de las personas a las que el cierre de fronteras ha cogido fuera de su lugar habitual de residencia y así lo ha entendido la OCDE que ha formulado una serie de recomendaciones para paliar los efectos de la pandemia sobre los sistemas fiscales entre las que incluye la relajación de los criterios de asignación de la residencia fiscal a lo largo de 2020, al menos en lo que se refiere al periodo de confinamiento.

Muchos países han adaptado su marco regulatorio a esta situación excepcional, pero España no. Los despachos de asesoría fiscal llevan semanas alertando de esta distorsión y ya han comenzado a palpar la inquietud de algunos contribuyentes - deportistas, profesionales expatriados...- que temen que la Agencia Tributaria aproveche la singular situación generada este año 2020 para acreditar de algún modo que el centro de intereses del contribuyente se sitúa en España por mucho que luego pague sus impuestos en otros país. 

"El de los españoles expatriados en países como Andorra y Portugal es un asunto en el que Hacienda siempre ha estado muy encima y es hasta cierto punto es lógico que exista cierta preocupación", explica José María Cobos, socio de Derecho Tributario de Garrigues. "En los casos en que el confinamiento ha obligado a alguien a permanecer en España puede haber una discusión en relación a la residencia fiscal y, sí, en esa discusión puede afectar negativamente el hecho de que se haya pasado el confinamiento en España. En cualquier caso hay que recordar que si la Hacienda española reclamara el pago de impuestos a un contribuyente que habitualmente reside en otro país igual la administración tributaria de ese país no está de acuerdo y la cuestión debería resolverse según las reglas de los convenios para evitar la doble imposición". 

El caso es que la cosa no es tan sencilla. La Hacienda española podría actuar si lo considerara conveniente, pero eso no garantiza el éxito en su empeño. Según el experto tributario de Garrigues, los convenios de doble imposición recogen una lista de criterios objetivos a la hora de determinar el lugar donde el contribuyente debe cumplir con sus obligaciones fiscales y la nacionalidad del contribuyente es el último de esos criterios en la lista.

"Ni Hacienda ni la Agencia Tributaria han emitido ningún criterio para aclarar la situación y creo que a estas alturas ya no se debe esperar. Lo que estamos diciendo es que este año sean más cuidadosos que nunca con la regla de los días de estancia en España", aseguran desde una importante firma de asesoría fiscal. La sensación de inquietud no sólo alcanza a los contribuyentes de nacionalidad española expatriados en otros países y que han estado confinados en España, también a inversores extranjeros con importantes intereses en el país, que pasan largas temporadas aquí, pero que mantienen su residencia en su país.

Inquietud entre los inversores latinos

Un gran volumen de consultas viene de grandes fortunas latinoamericanas, particularmente de Venezuela, que viven a caballo entre los dos países y a los que el coronavirus ha confinado en España durante más tiempo del previsto. ¿Su temor? Que la Hacienda española les considere contribuyentes en España y les aplique el exigente marco tributario español en materia de renta.

Fuentes del mundo de la asesoría fiscal aseguran que uno de los aspectos que más temen los despachos extranjeros que asesoran a directivos, grandes fortunas o trabajadores que pasan temporadas del año en España es el rigor inexorable con el que la Agencia Tributaria aplica la regla de los días de residencia en España. Les llama la atención el control que la Hacienda española ejerce sobre las jornadas de trabajo desarrolladas en el país y su aplicación en reclamar la condición de contribuyente en España cuando se supera esa frontera de los 183 días. De hecho, deslizan estas mismas fuentes, el asunto es uno de los avisos prioritarios que los despachos británicos están trasladando a sus ciudadanos a propósito del Brexit.

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