La edad de jubilación varía

¿Cuándo me puedo jubilar si nací en 1961?

Los nacidos en 1961 podrán jubilarse a partir del 1 de enero de 2027, para ello deberán cumplir los requisitos exigidos por la Seguridad Social. Existen varias opciones para aquellos que deseen jubilarse antes, con reducción.

¿Cuándo me puedo jubilar si nací en 1961?
Oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social
Europa Press

Las personas nacidas en el 1961 podrán jubilarse a partir del 1 de enero de 2027 y cobrar la pensión, siempre que cumplan con los requisitos exigidos por la Seguridad Social. La edad mínima es de 65 años, por lo que los nacidos en esa fecha tendrán que esperar hasta 2026 para cumplir con la edad requerida. También existe la posibilidad de pedir la jubilación anticipada hasta 24 meses antes, esto es, a partir de 2024. 

Sin embargo, es de vital importancia saber que de elegir esta vía, la Seguridad Social aplicará los correspondientes coeficientes reductores que, en el peor de los casos, puede reducir la pensión de jubilación en hasta un 21%. Ahora bien, otro punto a tener en cuenta es que las personas nacidas en 1961 podrán jubilarse a la edad ordinaria de 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización

Por contra, quienes hayan cotizado menos de 38 años y 6 meses, tendrán que esperar a cumplir los 67 años, tal y como se indica en la página web de la Seguridad Social. Cabe recordar que la primera reforma de las pensiones, aprobada a finales de 2021, trajo consigo la tabla de cotización para cobrar el 100% de la pensión, que se va incrementando dos meses de forma progresiva hasta tocar techo en 2027.

¿Cuánto me penalizan si solicito la jubilación anticipada?

Solicitar la jubilación anticipada trae consigo una tabla de penalizaciones que se ve reflejada directamente en la pensión. En el caso de hacerlo 24 meses antes, los coeficientes reductores van del 21% hasta el 13%, lo que varía en función del número de años cotizados a la Seguridad Social. 

Por otro lado, en el caso de esperar un año más, hasta los 64 años, los índices varían entre el 5,50% y el 4,75%. No cabe duda de que las penalizaciones son bastante más reducidas, por lo que se aconseja esperar doce meses más antes de retirarse de forma definitiva del mercado laboral.

¿Es posible jubilarse antes de los 65 años?

Desde el año 2013, y pese a no haber cumplido los 65 años, los trabajadores pueden retirarse del mercado laboral, aunque deben cumplir una serie de requisitos. De acuerdo con la normativa actual, la jubilación anticipada se retrasa hasta dos años antes de la edad legal, si es voluntaria, o cuatro, si es forzosa. En 2027, será necesario haber cumplido 65 o 63 años, respectivamente. Sin embargo, en ningún caso se podrá acceder a esta situación con una edad inferior a 52 años, excepto para los mineros y trabajadores del mar. 

En lo que respecta al periodo cotizado, este tendrá que ser de 35 o 33 años, y la pensión que se recibirá será menor, según el tiempo que se adelante la jubilación. No obstante, la edad mínima se puede reducir en determinados supuestos:

  • Jubilación anticipada a partir de los 60 años si se tiene la condición de mutualista.
  • Jubilación anticipada a partir de los 61 años si no se tiene la condición de mutualista.
  • Jubilación parcial.
  • Jubilación especial a los 64 años para quienes se aplique la legislación anterior al 1 de enero de 2013.
  • Jubilación del personal del Estatuto Minero, de vuelo de trabajos aéreos, ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos y miembros del cuerpo de la Ertzaintza.
  • Jubilación flexible.
  • Jubilación de trabajadores afectados por una discapacidad igual o superior al 45% o al 65%.
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