Sube la edad de jubilación

¿Cuándo me puedo jubilar si nací entre 1959 y 1960?

La Seguridad Social endurece año tras año los coeficientes reductores que se aplican a la pensión para quienes opten por la jubilación anticipada y cuyo convenio colectivo no lo contemple. 

¿Qué pensionistas no saldrán beneficiados con la segunda reforma de las pensiones?
¿Qué pensionistas no saldrán beneficiados con la segunda reforma de las pensiones?
Europa Press

Las personas nacidas entre 1959 y 1960 se convierten ahora en potenciales jubilados, puesto que ven cada vez más cerca como llega su edad de jubilación. Será a partir de 2025 cuando puedan cumplir su ansiado retiro del mercado de trabajo en España. No obstante, en determinados casos, se puede optar incluso a la jubilación anticipada, una opción que facilita la Seguridad Social a día de hoy, aunque si bien es cierto que elegir esta vía implica la aplicación de importantes coeficientes reductores en la pensión que, en algunos casos, puede llegar de hasta un 21%. 

Justo en este sentido, cabe recordar que la primera reforma de las pensiones, aprobada a finales de 2021, trajo consigo la tabla de cotización para cobrar la pensión íntegra, que se va incrementando dos meses de forma progresiva hasta tocar techo en 2027. Otro punto importante a tener en cuesta es que la edad mínima para poder jubilarse es de 65 años, en el caso de que se haya cotizado, como mínimo, 37 años y 9 meses. Si este periodo fuera inferior, actualmente habrá que esperar hasta los 66 años y cuatro meses.

Cómo queda la tabla de jubilación en 2023

Este año viene acompañado de diversas modificaciones en lo que a las pensiones se refiere. El Gobierno de España estableció que los trabajadores que nacieron en 1957 podrán jubilarse entre 2023 y 2024 mientras que, los nacidos en 1958, tienen la posibilidad de hacerlo entre 2023 y 2025, los de 1959, entre 2024 y 2026, y los de 1959, entre 2025 y 2027, tal y como se indica en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. En definitiva, según el año de nacimiento, la tabla de jubilación queda de la siguiente manera:

¿Cuánto me penalizan en 2023 si me jubilo anticipadamente?

En el caso de que se opte por la jubilación anticipada, hasta 24 meses antes, esto es, con 63 años, los coeficientes reductores van del 21% hasta el 13%, lo que varía en función del número de años cotizados a la Seguridad Social. No obstante, estos índices varían, a favor del potencial jubilado, si se prefiere retirarse del mercado laboral a los 64 años. Los índices varían entre un 5,5% y un 4,75%, por lo que son bastante más reducidas. Si se tiene en cuenta toda esta información, se recomienda esperar hasta los 64 años. 

Ahora bien, cabe tener en cuenta que en la actualidad existen otras opciones de jubilación anticipada que se aplican a trabajadores con discapacidad, trabajadores en profesiones con características especiales o trabajadores en actividades consideradas de especial penosidad o peligrosidad.

¿Cuántos años hay que tener cotizados para jubilarse a los 63?

Un trabajador, ya sea autónomo o asalariado, con 63 años se puede jubilar anticipadamente de forma voluntaria si ha cotizado 37 años y nueve meses o más. Sin embargo, en caso de cotizar por debajo de ese periodo, la edad para jubilarse en 2023 será a partir de 64 años y cuatro meses para este año. A partir del año 2027 serán necesarios 37 años cotizados para acceder a una pensión del 100% de la base reguladora. 

Eso sí, en cualquier caso, se deberán de cumplir una serie de requisitos. En primer lugar, contar con al menos 35 años cotizados, de los cuales dos deberán estar comprendidos en los 15 años anteriores a la fecha de la jubilación, así como que el importe que le corresponda percibir como pensión sea superior a la pensión mínima que le correspondería al cumplir 65 años. 

Nuevo modelo dual para calcular la pensión de jubilación

La segunda reforma de las pensiones, impulsada desde el seno del Ministerio de Inclusión, Migraciones y Seguridad Social, liderado por José Luis Escrivá, trae consigo novedades importantes. Este es el caso del nuevo modelo dual para establecer la cuantía de pensión, que podrá calcularse o bien teniendo en cuenta los últimos 25 años cotizados o los últimos 29, de los que se podrán excluir los dos peores años por lo que en la práctica, el cómputo en este segundo caso será de 27 años. 

Esta nueva modalidad se irá introduciendo de manera progresiva, desde 2027 a 2038, año en el que ya quedarán completamente desplegados los 29 años (menos dos). Hasta 2040 podrá elegirse entre esta opción y los últimos 25 años, mientras que entre 2041 y 2043 la opción de 25 años irá subiendo a razón de seis meses por año, desde 25,5 años en 2040 a 26,5 años en 2043, pudiendo elegirse entre este periodo o los 29 años (menos los dos peores). A partir de 2044 ya no se podrá elegir y la pensión se calculará con 27 años efectivos de cotización (29 años menos los dos peores). De oficio, mientras existan las dos alternativas, la Seguridad Social siempre aplicará la más ventajosa para el trabajador.

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