Requisitos necesarios

El plazo legal para pedir el aplazamiento de deudas y evitar posibles sanciones

Si el implicado no puede ingresar el dinero a tiempo de una cuota pendiente con la entidad pública tiene la posibilidad de solicitar un retraso en estos pagos mediante el documento disponible en la Seguridad Social.

Un trabajador autónomo.
Un trabajador autónomo.
Imagen de StartupStockPhotos en Pixabay.

Tener deudas pendientes con la Seguridad Social puede ser un dolor de cabeza, más aún cuando existen problemas para realizar los pagos a tiempo. Si no se realizan los ingresos correspondientes es posible que embarguen nuestros bienes.

Además de la moratoria de la administración existe, para personas físicas o autónomos que están endeudados y sin capacidad económica para salir adelante, la Ley de Segunda Oportunidad que permite la posibilidad de encarrilar de nuevo su vida.

Los hogares españoles, según los últimos datos de Banco de España, se incrementó ligeramente a nivel mensual con un total de 336 millones de euros respecto a septiembre.

Los pagos de una deuda con la Seguridad Social pueden aplazarse siempre que se reúnan los requisitos establecidos. Para ello, hay que solicitar el modelo que posteriormente tendrá que entregar en las Administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Plazos máximos y condiciones

Esta moratoria puede solicitarse siempre y cuando las deudas pendientes estén en plazo reglamentario de ingreso, por ello no se aceptarán aquellas cuotas futuras que todavía no se han ingresado.

El plazo máximo de esta amortización es de cinco años, pero puede variar según el importe de la misma deuda y las circunstancias existentes que se conceda el máximo o uno inferior. Esta concesión puede suponer un devengo de intereses. 

¿Quién puede solicitarlo? Toda aquella persona responsable del pago de la deuda y podrá hacerse siempre que se hayan iniciado los pagos. Aunque no existe una lista concreta de documentación a presentar, la propia Seguridad Social podrá pedir informes económicos dependiendo del caso. Igualmente lo más habitual son las garantías y el número de cuenta corriente.

Procedimiento de la solicitud

Los trámites pueden realizarse de manera presencial o telemática. Para la primera vía, el interesado tendrá que acudir a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), a una Administración de la Seguridad Social o a la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social.

Por otro lado, para realizarlo online deberá entrar en la web de la Agencia Tributaria en el apartado "Aplazamiento y fraccionamiento de deudas". Será imprescindible contar con el certificado digital, DNIe o Cl@ve PIN

Una vez completada toda la información tendrá que enviar y firmar. Recibirá una confirmación de la presentación de este aplazamiento que indicará el estado de la solicitud. 

En caso de que existan errores o información adicional que completar existe un plazo de 10 días para subsanarlos. La Administración podrá notificar la resolución en tres meses desde la recepción de la solicitud.

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