Arranca el martes 11 de abril

¿Cuándo se puede descargar el borrador de la declaración de la Renta en 2023?

La Agencia Tributaria pone a disposición de todos los contribuyentes el borrador de la Renta. El borrador es una propuesta de declaración con los datos fiscales que Hacienda ha recopilado sobre el contribuyente.

¿Cuándo se puede descargar el borrador de la declaración de la Renta en 2023?
¿Cuándo se puede descargar el borrador de la declaración de la Renta en 2023?
Cómo obtener el borrador de la Renta 2023

La semana que viene arranca la campaña de la declaración de la Renta. Para ser más exactos, será el próximo martes, 11 de abril, cuando los contribuyentes en España tendrán que rendir cuentas con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) sobre el tributo al impuesto del IPRF. Será también ese mismo día, esto es, el martes de la semana que viene, cuando los ciudadanos puedan descargarse el borrador de la Renta correspondiente al ejercicio de 2022. 

Ahora bien, llegados a este punto y a escasos pocos días de que la Agencia Tributaria dé este martes el pistoletazo de salida a la nueva campaña de la Renta, conviene tener en cuenta que para el ejercicio de este año Hacienda presenta grandes novedades a tener en cuenta. Eso sí, lo principal y más importante es saber quién está obligado a rendir cuentas al fisco y quién no

Cómo obtener el borrador de la declaración de la Renta

La Agencia Tributaria explica a través de su página web"todos los contribuyentes podrán acceder a su borrador y a sus datos fiscales por medios electrónicos en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el Servicio de tramitación del borrador/declaración, desde dónde podrán confirmar y presentar el mismo o, en su caso, modificarlo, confirmarlo y presentarlo".

Para obtener los datos fiscales en la citada web o en la app móvil Agencia Tributaria, accediendo de varias formas:

  • Certificado electrónico reconocido.
  • Sistema Cl@ve PIN de identificación, autenticación y firma electrónica común para todo el Sector Público Administrativo Estatal.
  • Número de referencia previamente suministrado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Para obtener el número de referencia los contribuyentes deberán comunicar su Número de Identificación Fiscal (NIF), la fecha de caducidad de su Documento Nacional de Identidad (DNI)) o el número de soporte de su Número de Identidad de Extranjero (NIE).

¿Quiénes están obligados a hacer la declaración de la Renta?

La AEAT establece que estarán obligados aquellas personas físicas que durante el año pasado tuvieron rendimientos superiores a los 22.000 euros procedentes de un solo pagador y 15.000 euros en el caso de que contara con dos pagadores. No obstante, otro punto de interés tiene que ver con que los rendimientos que se obtienen a partir de otros medios, como es el caso de los inmuebles, por ejemplo, también se deben tener en cuenta. 

Por otra parte, cabe recordar que no estar obligado, no implica directamente que no se pueda realizar este trámite anual con la Agencia Tributaria. En cualquier caso, se recomienda, según los expertos, revisar el borrador de la Renta y, en caso de que salga a devolver, proceder su realización y ganarse un dinero extra.

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