Subsidio por desempleo desde 2022

¿Cuándo tengo derecho a cobrar el paro si soy una empleada del hogar?

El pasado año, el Gobierno de España aprobó la nueva normativa laboral para las trabajadoras domésticas, que establece la obligación de cotizar por desempleo y de que su salario se ajuste, como mínimo, al SMI.

¿Cuándo tengo derecho a cobrar el paro si soy una empleada de hogar?
¿Cuándo tengo derecho a cobrar el paro si soy una empleada de hogar?
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En 2022, tras años de reivindicación, lo consiguieron: las empleadas del hogar veían reconocido su derecho a solicitar el subsidio por desempleo. Así lo aprobó el Gobierno de España, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado por Yolanda Díaz. Pero aún son muchas las integrantes de este colectivo, formado por más de 600.000 mujeres, las que se preguntan cuándo pueden cobrar el paro y cómo deben solicitarlo al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

El pasado 30 de marzo, se celebraba el Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar y, esta vez, el contexto parecía ser más positivo: hace cerca de un año que el Ejecutivo de Pedro Sánchez ratificó por unanimidad el convenio 189 de la petición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que reconoce el paro a este colectivo. Además, desde el 1 de octubre de 2022, es obligatoria la cotización por desempleo para las empleadas domésticas. De esta forma, las bases son las que corresponden a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

A ello se une que cambian las condiciones de la comunicación de la extinción del contrato, ya que se elimina el despido por desistimiento: este ha de estar justificado y notificado por escrito. Otra cuestión fundamental es que su salario debe ajustarse, al menos, al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), de 1.080 euros brutos mensuales en 14 pagas, o 1.260 euros en 12 pagas, lo que supone 8,45 euros por hora. Así, el salario diario no podrá bajar de 36 euros, con un máximo de cuatro horas trabajadas, con retribuciones mayores pactadas en caso de domingos o festivos.

¿Cuándo puede cobrar el paro una empleada del hogar?

Tal y como sucede con el resto de trabajadores que están dados de alta en la Seguridad Social, las empleadas del hogar tienen derecho a paro si han cotizado, como mínimo 360 días, cuando su contrato termina, según se detalla en la Sede Electrónica del SEPE.  

No obstante, si el periodo es inferior, no tienen que preocuparse: podrán solicitar los subsidios por desempleo, como el de 480 euros al mes, siempre que cumplan con los requisitos para acceder a ellos. A su vez, se toman en consideración las cotizaciones que han realizado en cualquier de los regímenes de la Seguridad Social.

¿Cuál es la cuantía del subsidio por desempleo en 2023?

El nuevo año empezó con cambios en materia económica, y algunos de ellos afectaban al paro, con el aumento de un 8,5%. Por ello, desde el 1 de enero de 2023, las personas en situación de desempleo reciben una cuantía mínima de 560 euros, si no tienen hijos, y de 749 euros si tienen hijos a su cargo.

Por su parte, la cuantía máxima es de 1.225 euros para personas sin hijos, de 1.400 euros para personas con un hijo, y de 1.575 euros para personas con más de un hijo a su cargo. Si no tienen derecho a paro por no haber cotizado el tiempo suficiente, pero sí a un subsidio, este será de 480 euros mensuales.

Requisitos para que las empleadas del hogar soliciten el paro

Pese a que las empleadas del hogar tienen reconocido el derecho a paro, estas solo podrán recibirlo si han cotizado, al menos 360 días, sin importar si es por uno o varios trabajos, ni el régimen de la Seguridad Social, y si cumplen los requisitos que establece el SEPE:

  • Estar dadas de alta en la Seguridad Social o en una situación asimilada de alta.
  • Estar en situación legal por desempleo y disponible para buscar activamente trabajo.
  • Aceptar el compromiso de actividad.
  • Estar inscrito como demandante de empleo durante todo el periodo que se cobra la prestación.
  • No alcanzar la edad ordinaria de jubilación, es decir, los 65 años, siempre que se hayan cotizado durante 37 años y seis o más meses.
  • No se podrá cobrar una pensión de la Seguridad Social que sea incompatible con el empleo.
  • No se realizará ninguna actividad como autónomo o asalariado a tiempo completo, salvo si se puede compatibilizar, de acuerdo con un programa que fomenta la empleabilidad.

Cómo pueden pedir el subsidio las trabajadoras domésticas

Tras comprobar que reúnen las condiciones para pedir el paro, el siguiente paso es que las empleadas del hogar se den de alta como demandante de empleo. Para ello, necesitan el modelo de solicitud debidamente cumplimentado –en él se incluye el compromiso de actividad-, el DNI o pasaporte del solicitante, o el NIE o TIE y el pasaporte si es migrante, un extracto bancario donde se refleje el número de cuenta en el que se deba abonar la prestación, el libro de familia o el certificado del Registro Civil de nacimiento o familia, y el certificado de empresa o de empleador donde se haya trabajado los últimos seis meses.

Cuando se haya reunido toda esa documentación, la trabajadora doméstica tendrá que inscribirse a través de los servicios autonómicos de empleo, salvo en Melilla y Ceuta, que se deberá acudir directamente a las oficinas del SEPE.

Otra opción es realizar los trámites de forma telemática, por Internet. Para ello, hay que contar con el certificado digital, el DNI electrónico o usuario y Cl@ve PIN. A continuación, el registro se hace en el servicio autonómico que le corresponda a la empleada del hogar, y completar el formulario obligatorio.

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