Sin pertenecer al mismo régimen

El dinero máximo que se puede ingresar si se tienen varias pensiones en 2021

La Seguridad Social reconoce ciertos casos excepcionales en los que permite cobrar de manera simultánea dos prestaciones.

Una calculadora y euros.
Una calculadora y euros.
Imagen de Racool_studio.

Los trabajadores dados de alta en la Seguridad Social realizan aportaciones, en forma de cotizaciones, para generar el derecho a las pensiones, que cubren al trabajador en caso de jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento. La cuantía de estas pensiones está condicionada por el límite máximo y mínimo que se establece cada año, pero una misma persona también puede ser beneficiaria de más de una pensión. ¿Qué ocurre en ese caso? ¿Cuál es la cuantía máxima que podrá ingresar el beneficiario?

En primer lugar es importante destacar que las pensiones de un mismo régimen son incompatibles entre sí, salvo que legal o reglamentariamente, se disponga lo contrario. Así, en caso de que una persona tenga derecho a varias deberá elegir una de ellas y la cuantía estará limitada al importe máximo. En este contexto se exceptúa la pensión de viudedad, que sí es compatible con cualquier renta del trabajo del beneficiario.

En caso de pensiones de diferentes regímenes, la persona también podrá percibir las dos siempre que cumpla los requisitos de ambas. Así, por ejemplo, podrá percibir dos pensiones de jubilación, una del régimen general y otra del régimen de autónomos (RETA) si ha cotizado durante un mínimo de 15 años, dos de los cuales deberán haber sido en los últimos 15 años, en cada uno de los regímenes.

Límite máximo

Pese al reconocimiento de compatibilidad de dos pensiones, el beneficiario se topará con el límite máximo que establece cada año la Seguridad Social. De esta manera, la suma de todas las pensiones a las que tenga derecho de manera simultánea nunca podrá superar la cuantía estipulada, en 2021 está fijada en 2.707,49 euros al mes.

Así, por ejemplo, si un trabajador se jubila y las cotizaciones a lo largo de su vida profesional ya le dan derecho al 100% de la pensión máxima, pese a que se le reconozcan otras prestaciones compatibles, el ingreso no será superior a 2.707,49 euros. Ese importe se percibe en 14 pagas y supone un ingreso anual de 37.904,86 euros. En cada caso se suman todas las prestaciones sin que el cómputo sobrepase el límite anterior. Cuando la suma exceda el límite se reducirá proporcionalmente la cantidad de cada una de las prestaciones.

Excepciones

La normativa recoge dos excepciones que permiten incrementar la pensión máxima: complemento de maternidad y jubilación demorada. En caso de que la pensión sea superior a la máxima, se podrá aplicar este complemento pero solo al 50%.

Por otra parte, en caso de que un trabajador opte por una jubilación 'demorada', más tarde de la edad legal, la Seguridad Social aplica hasta ahora a su pensión un recargo de hasta el 4%. Si su pensión ya alcanza la cuantía máxima sin aplicar el porcentaje anterior o aplicándolo parcialmente, el beneficiario tendrá derecho a percibir anualmente una cantidad cuyo importe se obtendrá aplicando al importe de dicho límite vigente en cada momento el porcentaje adicional no utilizado para determinar la cuantía de la pensión.

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