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Ayudas para transportistas que se retiren: nuevas cuantías y requisitos

Entre otras condiciones, estos deberán llevar más de 10 años ejerciendo la actividad, aunque se ha ampliado la edad mínima para poder acogerse hasta los 63 años.

Ayudas para transportistas que se retiren: nuevas cuantías y requisitos
ALBERTO RUIZ ACIMAS 2020(c)

El pasado viernes, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba la convocatoria de ayudas para transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en el año 2022. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha detallado qué conductores podrán beneficiarse de esta retribución y, del mismo modo, ha marcado qué requisitos deben cumplir para poder acceder a estas subvenciones.

Según detalla el BOE y conforme a la Ley General de Subvenciones, los profesionales que podrán optar a estas ayudas serán todos aquellos que cesen su ejercicio en este año y que además sean autónomos. Estos deberán llevar más de 10 años ejerciendo la actividad, aunque se ha ampliado la edad mínima para poder acogerse hasta los 63 años. Asimismo, el documento detalla que se dará preferencia a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para el desempeño de sus tareas habituales.

Por otro lado, desde el Ministerio advierten que en cuanto a los demás trabajadores, desde esta institución pública se elaborará "una relación de posibles beneficiarios por orden descendente de edad". Así pues,  las ayudas se otorgarán a los que ocupen los primeros lugares "en la relación de beneficiarios así elaborada".

Cuantías 

La cuantían máxima prevista para esta partida son 20 millones de euros distribuidos entre un importe tope de 19,8 millones de euros repartidos entre los beneficiarios resultantes recogidos en la Orden de otorgamiento, y una cantidad límite de 140.000 euros para pagar los potenciales recursos estimatorios interpuestos contra dicha Orden. 

El plazo de tiempo estipulado para la presentación de solicitudes es un mes contado a partir del día de la publicación de la convocatoria en el BOE. Este trámite debe realizarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. La Orden de concesión está prevista que se resuelva y se publique en un periodo de seis de meses desde la su aparición en el Boletín.

La Federación Nacional de Asociaciones de Transportes de España esperan que "por primera vez, después de varios años, las ayudas puedan cubrir la mayoría de las solicitudes que presenten transportistas, teniendo en cuenta que en anteriores años debido a la limitación presupuestaria, las ayudas no alcanzaban a dos de cada tres solicitantes".

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