Todos los requisitos

Cuánto dinero tengo que deber para aparecer incluido en la lista de morosos

Estos documentos sirven de mecanismo para mostrar a terceros las personas físicas y jurídicas que presuntamente no han pagado algunas facturas.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de wirestock en Freepik.

Una de las principales consecuencias de la guerra entre Rusia y Ucrania ha sido el consistente aumento de los precios. Esta situación ha provocado que los datos de inflación hayan marcado cifras que no se veían desde hace décadas. En este contexto, un gran número de familias está teniendo problemas para hacer frente a los gastos derivados del día a día y del coste de los alimentos. 

En este sentido, los ciudadanos podrían dejar de pagar facturas eléctricas o del teléfono móvil. Una de las consecuencias de estos impagos puede suponer que el nombre de esta persona aparezca incluido en un listado de morosos. Alguno de los ejemplos de estas clasificaciones públicas son las elaboradas por la ASNEF (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito), el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas) o Experian.

Cuantías mínimas

Estos documentos sirven de mecanismo para mostrar a terceros las personas físicas y jurídicas que presuntamente no han pagado algunas facturas. Aparecer en estos listados pueden dañar gravemente la imagen del ciudadano frente a potenciales clientes o nuevos puestos de trabajo. Además, según detalla autonomosyemprendedor.es puede provocar que un autónomo permanezca años "sin poder contratar una tarjeta bancaria, un préstamo, un seguro o dar de alta la luz, el teléfono y el gas".

La Ley de Protección de Datos y Garantías de Derechos Digitales promulgada en el 2018 cambió los requisitos o condiciones para que una persona pudiera ser incluida en este listado. Antes de la aprobación de esta norma, cualquier tipo de deuda, sin importancia del importarte de la misma, podía causar la inscripción de un deudor en ASNEF u otros ficheros. Esto provocaba que una gran número de ciudadanos permanecían inscritos como morosos sin siquiera saberlo. 

Una vez entró en vigor la ley anteriormente mencionada, solo aquellas que superaran el importe mínimo de 50 euros podrían ser inscritas como personas físicas deudoras. Por otro lado, en lo que respecta a las personas jurídicas, el importe mínimo aplicable es de 300 euros.

Respecto a los requisitos para aparecer en esta clasificación, según recoge Sin Comisiones, es necesario que la persona afectada cumpla con una serie de condiciones exigidas por la normativa. Algunas de estas son que exista una deuda cierta, exigible y calculable en dinero, que esta se encuentre vencida y que se haya reclamado el pago al menos una vez. Del mismo modo, también habrá que notificar a la persona afectada por esta situación sobre la inscripción de sus datos. 

Mostrar comentarios