Hasta el segundo grado

¿Cuánto se puede ampliar el permiso por hospitalización de un familiar?

Si el trabajador comunica sus intenciones con previo aviso y justificación acorde al caso, mantiene su derecho a cobrar el salario durante todo el tiempo cubierto por la ley o su convenio.

Hospital clínica médico doctor
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Los trabajadores por cuenta ajena que se encuentren en la situación de tener que ausentarse del trabajo para visitar o atender a un pariente hospitalizado puede hacerlo sin perder la remuneración correspondiente a los días en los que no realice su actividad laboral y durante el tiempo determinado según una variedad de factores. 

El artículo 37 del Estatuto de Trabajadores establece que podrá dejar de trabajar dos días si un pariente "hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad" sufre un "accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario", previsión que también cubre la muerte de alguno de los familiares descritos, mientras que los convenios colectivos pueden establecer condiciones distintas. Sin embargo, existen casos en los que estos tiempos pueden ampliarse para ajustarse a las necesidades de las personas afectadas.

Si el trabajador comunica sus intenciones con previo aviso y justificación acorde al caso, mantiene su derecho a cobrar el salario durante todo el tiempo cubierto por la ley o su convenio. Para ello basta que avise a sus superiores que no va a trabajar durante los días que se le permitan con toda la antelación posible y que les entregue la documentación necesaria para demostrar sus afirmaciones. Si encuentra problemas, siempre puede recurrir a un profesional que le aconseje en cuanto a su defensa jurídica.

Máximo de días

A pesar de lo dictado por el Estatuto de Trabajadores, el máximo de días que puede pasar una persona sin trabajar por los motivos descritos sin perder la remuneración correspondiente se puede extender hasta cuatro días hábiles si se demuestra que el trayecto que tiene que recorrer supera los 200 kilómetros. Así, la sentencia emitida por el Tribunal Supremo en 2012 al respecto contempla la ampliación del permiso para acomodarse al máximo aprovechamiento del tiempo del trabajador cuando sus parientes afectados por un "accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario", incluyendo los casos en que estos se encuentran en una localidad lejana al domicilio del trabajador.

También cabe destacar que los funcionarios públicos podrán disfrutar hasta tres días hábiles si a sus parientes les ocurre alguno de los escenarios descritos anteriormente, incluyendo la muerte, que pueden ampliarse hasta cinco días hábiles "cuando sea en distinta localidad”, según el artículo 48 del Estatuto Básico del Empleado Público. En cambio, los términos serán de dos días (o cuatro en caso de tener que ir a otro municipio) si el afectado precisa de reposo domiciliario sin haber sido hospitalizado.

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