Arranca la campaña

Cuánto tarda Hacienda en devolver el dinero de la declaración de la Renta

A partir de este miércoles y hasta el próximo 30 de junio, todos los contribuyentes que cumplan los requisitos están obligados a rendir cuentas con Hacienda.

Euros y calculadora.
Euros y calculadora.
Imagen de Freepik.

Este miércoles 7 de abril comienza la campaña de la declaración de la Renta. A partir de hoy y hasta el próximo 30 de junio, fecha límite, todos los contribuyentes con residencia legal en España y que cumplan los requisitos -aquellos que superen los 22.000 euros anuales de un pagador o 14.000 euros si son dos pagadores- deberán declarar los ingresos correspondientes al año 2020.

Así, el resultado de la declaración podrá ser positivo: el contribuyente deberá ingresar a la Agencia Tributaria el importe correspondiente que salga como resultado; o negativo: el contribuyente ha pagado de más a lo largo del año y Hacienda deberá devolverle el importe que resulte a su favor.

En caso de presentar una declaración negativa y que, transcurridos varios días, Hacienda no haya devuelto el importe a pagar por su parte, no hay que preocuparse. Pese a que la Agencia Tributaria señaló el 3 de abril como el comienzo de las devoluciones, la normativa estipula un plazo más amplio, de hasta seis meses desde el último día de plazo de presentación de las declaraciones, en este caso el 30 de junio.

Qué pasa si Hacienda no cumple el plazo

Una vez vencido el plazo, si por algún motivo tu devolución se retrasa por una causa imputable a Hacienda, te pagarán sumando un interés de demora sin necesidad de reclamarlo.

¿Puedo comprobar el estado de la declaración? 

Una vez presentada la declaración, el contribuyente puede comprobar en qué estado se encuentra su solicitud de devolución. En la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, se puede acceder al expediente desde la opción 'Servicios de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)'.

Para consultar el estado de la tramitación necesitarás identificarte de una de las siguientes formas: con certificado o DNI electrónico, con Cl@ve PIN o con el NIF y la referencia del borrador/declaración del ejercicio 2019 y que consta de 6 caracteres. En función de la situación del expediente, en el apartado 'Estado de Tramitación' del expediente aparecerá alguno de estos mensajes: "Su declaración se está tramitando", "Su declaración está siendo comprobada","Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted" o "Su devolución ha sido emitida el día X/X/XXXX".

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