¿Cuántos días de vacaciones me corresponden por mes trabajado?

  • El estatuto de los trabajadores recoge que, como mínimo, todo empleado tiene derecho a 30 días naturales.
Empleo, trabajador, camarero
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Europa Press

Para la mayoría de los trabajadores el verano se asocia con las vacaciones y tiempo de descanso, ya que es en este período cuando de más días libres se suelen disfrutar. Por ello es importante conocer cuántos días corresponden a cada trabajador, si se pueden solicitar todas en el mismo período o, en caso de querer disfrutarlas durante otro período, si sería posible. A continuación explicamos qué recoge exactamente la ley.

Las vacaciones de los trabajadores están reguladas en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, que establece, en primer lugar, que en ningún caso las vacaciones anuales retribuidas podrán ser sustituidas por una compensación económica. El período será el acordado en el convenio colectivo o en el contrato individual y de común acuerdo entre el empleador y el empleado, aunque nunca podrá ser inferior a 30 días naturales y el trabajador lo conocerá al menos dos meses antes de la fecha de disfrute.

Diferencia días naturales y hábiles

El término de días naturales es importante ya que existen contratos que hablan de días naturales y otros de días hábiles. Los 30 días naturales al año que corresponden a cada trabajador implican 2,5 días por mes trabajado, incluyendo domingos y festivos. Sin embargo, en caso de que el contrato refleje las vacaciones en días hábiles solo recoge aquellos que no festivos.

La diferencia entre si las vacaciones se recogen en días hábiles o naturales también afecta al empiece de estas. En el caso de tener 30 días naturales, si se empieza el período de descanso en día no laborable o coinciden durante el período, estos también se descontarán.

Las vacaciones no se podrán acumular, es decir, si no se disfrutan durante el año, al siguiente ya pierde su derecho y de nuevo solo se contará con un mínimo de 30 días naturales. Además, no podrán ser sustituidas de forma económica, a excepción de cuando finalice el contrato. En caso de extinción del contrato, si el empleado no ha disfrutado de sus vacaciones sí tiene derecho a una compensación por ello.

Baja y vacaciones

Los días de vacaciones son un derecho para todos los trabajadores, incluso si se encuentran de baja. Cuando el período establecido coincida en el tiempo con una incapacidad temporal debido a un embarazo, parto o la lactancia natural, el trabajador podrá disfrutar las vacaciones en un período diferente al establecido cuando finalice el de suspensión, aunque haya terminado el año natural al que corresponden.

Si la baja es por un motivo diferente a los especificados, el trabajador podrá disfrutar de los días de descanso cuando termine su incapacidad y podrá hacerlo una vez pasado el año natural, siempre que no hayan transcurridos más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

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