El 70% de declaraciones de la renta salen a devolver: cómo sacar el máximo partido

Sacar partido a la devolución de la renta
Sacar partido a la devolución de la renta
Nerea de Bilbao

En menos de una semana, el próximo martes, 2 de abril, arranca la campaña de la renta 2018, que se prolongará hasta el 1 de julio. Este año se presentarán 20 millones de declaraciones y aproximadamente un 70% saldrán a devolver. Pero los contribuyentes pueden beneficiarse en mayor medida si atienden a una serie de recomendaciones que los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han recopilado en un completo decálogo. Tome nota para evitar errores antes de confirmar el borrador y sacar el mayor partido posible a la declaración de la renta.

1. Prestaciones exentas

Lo primero que hay que tener en cuenta son las novedades que trae la campaña de este año. La más importante, la exención de las prestaciones de maternidad y paternidad, tras la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en octubre de 2018. También se incrementan los límites exentos de las becas públicas y de las concedidas por entidades sin fines lucrativos o por fundaciones bancarias, de 3.000 a 6.000 euros hasta el segundo ciclo universitario y de 18.000 a 21.000 anuales en el tercer ciclo.

Respecto a los gastos deducibles de rendimientos del trabajo, destacan las cuotas sindicales y de colegios profesionales, cuando la colegiación sea obligatoria para trabajar y con un límite de 500 euros anuales; los gastos en abogados para defenderse frente al pagador (300 euros); o los gastos que pueda originar la movilidad geográfica del empleado (2.000 euros). Existen otras exenciones en las rentas en especie, por ejemplo, desde el 1 de enero de 2018 la cuantía diaria exenta de los vales comida se eleva de 9 a 11 euros. Además, los trabajadores con discapacidad pueden desgravarse entre 3.500 y 7.750 euros.

2. Inmuebles y alquileres turísticos

Los técnicos recomiendan revisar que la imputación de rentas inmobiliarias sea correcta: que no haya viviendas que ya no sean de su propiedad o que sean de varios titulares o habitadas por la expareja... También recuerdan que los contribuyentes no deben olvidar incluir como rendimiento de capital inmobiliario los alquileres turísticos, a los que no puede aplicarse la reducción del 60% por no satisfacer una necesidad permanente de vivienda sino temporal. 

3. Ganancias patrimoniales

También es recomendable revisar en el borrador que confecciona la Agencia Tributaria incentivos como el Plan PIVE para la compra de un vehículo o las ayudas para la compra o reforma de una vivienda para evitar una liquidación, que conlleva sanción.

Respecto a las ganancias patrimoniales por transmisiones de inmuebles y otros bienes, los técnicos recuerdan el "hachazo fiscal" inmobiliario que supuso la supresión de los coeficientes de corrección monetaria en 2015. Destacan las exenciones disponibles cuando los mayores de 65 años o personas dependientes transmitan su vivienda habitual y para las ganancias logradas tras la transmisión de la vivienda habitual cuando el importe obtenido se reinvierta en la adquisición o rehabilitación de otra vivienda habitual en un plazo de dos años.

calendario renta 2018
 2017 arrancará el próximo 2 de abril / Nerea de Bilbao

4. Cambios en la situación familiar

Además de considerar los cambios en el estado civil, defunciones, nacimientos y minusvalías de cara a posibles deducciones, hay que prestar atención a otra de las grandes novedades de este año: el aumento de hasta 1.000 euros adicionales del importe de la deducción por maternidad cuando se incurra en gastos en guarderías o centros de educación infantil de hijos menores de tres años. 

Hay más cambios. Esta campaña recoge la subida extra de 50 euros al mes en la deducción por familia numerosa, que asciende a 1.200 euros anuales o 2.400 en categorías especiales. Además, se ha creado una deducción por cónyuge no separado legalmente con discapacidad, siempre que no tenga rentas, excluidas las exentas, superiores a los 8.000 euros anuales, y no genere derecho a deducciones por ascendiente o descendiente con discapacidad con derecho a la aplicación del mínimo.

5. Deducciones autonómicas

Gastos por estudios de los hijos, por adopción, alquiler de vivienda... puede suponer importantes beneficios fiscales, por lo que conviene echar un vistazo a las deducciones autonómicas. En Ceuta y Melilla se ha elevado del 50% al 60% y otras comunidades autónomas, como La Rioja, incluyen novedades, por ejemplo, en el mínimo por discapacidad de descendientes.

6. Alquileres de vivienda habitual

De nuevo, las comunidades autónomas tienen distintos requisitos. Pero, en líneas generales, y aunque la deducción estatal por alquiler de vivienda ya desapareció, sigue vigente para los contratos firmados antes del 1 de enero de 2015. Estos inquilinos pueden deducirse el 10,05% de las cuotas, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.

7. Compras de vivienda y cláusulas suelo

La deducción por adquisición de vivienda habitual tampoco está vigente, pero aún es aplicable para aquellos que la compraron antes del 1 de enero de 2013. Pueden deducirse hasta un 15% de las cantidades invertidas con un límite de 9.040 euros. "Es imprescindible comprobar que esta deducción consta en el borrador, ya que en algunos casos, por errores de la entidad financiera (...) no aparecen los datos del préstamo hipotecario", advierten desde Gestha, y animan a verificar los importes.

Por otro lado, los técnicos recuerdan que aún existen cantidades devueltas procedentes de las cláusulas suelo de las hipotecas, "y no deben ser olvidadas a la hora de confirmar el borrador". Insisten, además, en que se trata de reintegros de pagos indebidos, por lo que no constituye renta, salvo en casos excepcionales.

8. Aportaciones a partidos políticos y donativos

La solidaridad y la ideología desgravan, de manera que las aportaciones a los partidos políticos dan derecho a una deducción del 20% de las cuotas de afiliación. La base máxima de esta deducción será de 600 euros anuales y estará constituida por las cuotas de afiliación y aportaciones previstas en la Ley sobre financiación de los partidos políticos. Asimismo, la última reforma fiscal introdujo mejoras a deducciones por donativos.

9. Planes de pensiones

A pesar de que el borrador tiene incluidas las aportaciones a planes de pensiones de acuerdo a los datos suministrados por la gestora, conviene verificarlos antes de validarlo. Y es que estas aportaciones permiten rebajar la base imponible. La reforma fiscal redujo la cantidad límite que se puede aportar, desde 10.000 hasta 8.000 euros, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas. Gestha recuerda que el ahorro fiscal de estas aportaciones oscila entre un mínimo del 19% hasta un máximo del 45% de la inversión realizada.

10. Autónomos: gastos por trabajar en casa

Los autónomos que trabajan en su propia vivienda pueden deducirse determinados gastos, como las facturas de agua, gas, luz, teléfono o Internet. Este año podrán deducirse el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total. Además, también es posible deducirse algunos gastos en los que incurren en el desarrollo de su actividad en establecimientos de restauración y hostelería, y que paguen utilizando cualquier medio electrónico, con un límite de 26,67 euros diarios en España y de 48,08 euros en el extranjero.

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