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Los trucos para mejorar la declaración de la Renta: ERTE, alquiler, bitcoin...

El consultorio sobre la declaración de la Renta de 'La Información' y 'Finect' resolvió dudas como el pago por ERTE, las deducciones a tener en cuenta, alquiler, planes de pensiones y criptomonedas.

El consultorio de la declaración de la Renta de La Información y Finect.
El consultorio de la declaración de la Renta de La Información y Finect.
La Información.

La campaña de la declaración de la Renta 2020 ha comenzado este miércoles 7 de abril. En esta ocasión, miles de contribuyentes se verán afectados por el cobro de un ERTE, lo que provocará que el IRPF les salga a pagar este año. Pero, ¿qué hacer para mejorar el resultado de mi declaración?

La respuesta esta pregunta se resolvió en el segundo consultorio organizado por 'La Información' y 'Finect'. Los asesores fiscales Paula Gallego y Adolfo Seguí, de TaxScouts, resolvieron en directo en Youtube todas las dudas de los usuarios: ERTE, declaración conjunta o individual, dos pagadores, bitcoin y criptomonedas, alquileres, inversiones, dividendos...

Puedes volver a ver en directo el consultorio en el vídeo que compartimos a continuación. Asimismo, te desvelamos en este artículo las principales dudas resueltas por los expertos.

1. Novedades en la Renta 2020

PREGUNTA: ¿Cuáles son las principales novedades en la Renta?

PAULA GALLEGO: La principal tiene que ver con qué pasa con las personas que han estado en ERTE en 2020. En este sentido, el SEPE tiene consideración de segundo pagador y esto quiere decir que baja el límite a partir del cual es obligatorio hacer la Renta. Es obligatorio si se han ingresado más de 14.000 euros si el segundo pagador ha ingresado al menos 1.500 euros.

Por otro lado, el tema estrella es el de las criptomonedas. Si se han vendido en 2020 criptomonedas, hay que declararlas incluyendo las ganancias o pérdidas en el apartado de ganancias patrimoniales.

2. Criptomonedas en la Renta

PREGUNTA: ¿Cómo se declaran bitcoins vendidos en 2020 pero que se compraron en 2011?

Bitcoin
 

Pixabay.

PAULA GALLEGO: Se tienen que incluir en la casilla 389. La cantidad se calcula de la siguiente manera: el valor por el que se vendió menos el valor de compra y los gastos. Hay que aclarar que solo declaramos los bitcoins que se vendieron en 2020, no este año.

3. La dirección del domicilio

PREGUNTA: ¿Qué dirección debo poner en la declaración si el año pasado me mudé de domicilio?

vivienda
 

Unsplash.

ADOLFO SEGUÍ: Hay que declarar la situación a 31 de diciembre. La dirección es la que esté vigente en esa fecha.

4. La declaración conjunta

PREGUNTA: ¿En rentas altas interesa hacer la declaración conjunta o por separado?

PAULA GALLEGO: El IRPF es un impuestos progresivo que funciona por tramos, por lo que si se hace conjunta, al ser una masa de ingresos más grandes se tributaría por tramos más altos. La recomendación sería hacerla por separado.

5. Los dividendos en la Renta

PREGUNTA: ¿Qué se hace con los dividendos en la Renta?

Lluvia de dividendos en la bolsa española.
 

 

ADOLFO SEGUÍ: Los dividendos de las acciones tributarían en el apartado de rendimientos de capital mobiliario. Los rendimientos en metálico son los que tributan. Hasta 6.000 € estarían tributando al 19%. Esto sube progresivamente.

6. Desgravación de colegios

PREGUNTA: ¿Cuánto nos podemos desgravar por el colegio de los niños?

Foto recurso de colegio en Getafe EUROPA PRESS (Foto de ARCHIVO) 14/6/2020
 

EUROPA PRESS.

PAULA GALLEGO: Esta es una deducción autonómica, depende de la comunidad autónoma en donde se resida. En Madrid, por ejemplo, te puedes deducir hasta 400 euros por gastos de escolaridad, idioma o ropa.

7. Declarar las ventas en Vinted o Wallapop

PREGUNTA: ¿Hay que declarar las ventas en apps de segunda mano como Vinted o Wallapop?

Transacciones en Vinted o Wallapop: ¿hay que declararlas en la Renta 2020?
 

Vinted.

PAULA GALLEGO: El vendedor en Vinted o Wallapop solo tendría que tributar por el IRPF si el importe de la venta es superior al de la compra. Por ello, en general, para la mayoría de los mortales no habría que hacer nada.

8. Alquileres en la Renta

PREGUNTA: ¿Se pueden meter los alquileres que se renueven anualmente en la declaración?

PAULA GALLEGO: Sí, pero Hacienda exige varios requisitos. En primer lugar, que el contrato sea el mismo. Se puede modificar la cuantía pero el nombre de la persona arrendataria ha de ser el mismo y también el del arrendador.

9. Rescate de plan de pensiones en la Renta

PREGUNTA: ¿Cómo declarar los ingresos por rescate de plan de pensiones?

PAULA GALLEGO: Irían como rendimientos del trabajo, que es la casilla número 3.

10. ERTE sin cobrar en la Renta

PREGUNTA: Mi hija está en ERTE y no ha cobrado todavía el mes de noviembre... ¿Tiene que declararlo?

ERTE, oficina trabajo empleados
 

Pixabay.

ADOLFO SEGUÍ: Si no se ha cobrado no hay que declararlo.

11. Desgravar un instrumento musical

PREGUNTA: ¿Se puede desgravar la compra de un instrumento musical para mis estudios que me costó 11.000 euros?

piano
piano

PAULA GALLEGO: Por el momento, no existe ninguna desgravación prevista para instrumentos musicales.

12. Vivienda en usufructo en la Renta

PREGUNTA: Mi pareja falleció el año pasado. La casa la compramos juntos. Sus tres hijos son los herederos de su mitad pero a mí me la dejó en usufructo: ¿cómo afecta esto a la Renta?

ADOLFO SEGUÍ: Esta persona tiene un usufructo de una propiedad que no es suya. El usufructo tributa como la propiedad, es decir, un 2% del valor catastral.

13. Crédito familiar en la Renta

PREGUNTA: ¿Hay que declarar un crédito de un familiar en 2020 que se ha devuelto en el mismo año?

PAULA GALLEGO: Depende de si se han cobrado intereses. En el caso de que no haya intereses no hay que declararlo. Si hubo intereses, quien ha prestado el dinero debería tributar los intereses como rendimientos del capital. La persona que ha recibido el dinero no tendría que hacer nada salvo que el préstamos fuese para un negocio. En ese caso, podría deducirse los intereses que ha pagado por el préstamo como un gasto más.

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