Declaración de la Renta

Renta 2019: ¿Ahorros en el extranjero? Cómo declararlos para que no te multen

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El miedo a sacar los ahorros de España se ha reducido. Si en 2018 solo el 34% de los españoles afirmaba que se atrevería a contratar un depósito o una cuenta en un banco extranjero, el pasado año la cifra había aumentado al 42%. Este incremento ha venido acompañado de un mayor número de oportunidades para rentabilizar los ahorros fuera de España. Ahora, es posible contratar depósitos en Francia, Portugal, Letonia o Malta por Internet, sin salir de casa y, en muchos casos, en español. Y, lo que es mejor, conseguir una rentabilidad muy superior a la de los depósitos bancarios españoles.

Los plazos fijos comercializados en nuestro país con una duración igual o inferior a un año tuvieron un tipo de interés medio el pasado mes de diciembre del 0,02% y los que tenían un plazo superior, del 0,09%. Estamos a la cola de Europa en términos de rentabilidad. Durante el mismo mes, la remuneración media que pagaron los bancos estonios, neerlandeses, malteses, letones, eslovacos o italianos por las imposiciones a más de un año superó el 1%, de acuerdo con el Banco Central Europeo.

Pero los ahorradores que se hayan dejado seducir por las altas remuneraciones de los depósitos extranjeros no deben olvidar que tienen una cita con Hacienda. Algunos de ellos, una cita doble, en realidad. Por un lado, aquellos que estén obligados a presentar la declaración de la renta tendrán que incluir los intereses obtenidos por las cuentas y los depósitos abiertos en el extranjero, explican desde el comparador de productos bancarios HelpMyCash.com. Por el otro, los que tengan más de 50.000 euros en productos de ahorro ubicados fuera de España tendrán que presentar el modelo 720.

La misma tributación para todos

Los rendimientos provenientes de cuentas y depósitos extranjeros tributan igual que los españoles: al 19% los primeros 6.000 euros, al 21% los siguientes 44.000 y al 23% el resto. A la hora de presentar la declaración, se tendrán que incluir en la misma casilla en la que se consignan las rentas procedentes de productos de ahorro abiertos en España. Bastará con sumar las dos cantidades y Hacienda se encargará de calcular el impuesto.

Si durante el ejercicio fiscal hemos ganado intereses en España, estos ya aparecerán en el borrador. Tendremos que revisar que la cifra es correcta y, posteriormente como ya hemos mencionado, sumar los intereses brutos obtenidos fuera de nuestro país, aclaran fuentes de HelpMyCash.

Al estar obligados a tributar en España, lo ideal es que el banco extranjero no nos practique ninguna retención y que nos pague los intereses en bruto. Para ello, podemos presentar un certificado de residencia fiscal expedido por la Agencia Tributaria (se puede solicitar telemáticamente en la sede electrónica del organismo). Así nos aseguraremos de pagar impuestos únicamente en nuestro país.

Aun así, algunos bancos extranjeros siempre nos retendrán una parte de las rentas en concepto de impuestos, aunque el tipo aplicado podrá ser inferior al que aplicaría a lo residentes. Por ejemplo, la retención habitual en Letonia es del 20%, pero los no residentes deben pagar solo la mitad.

En cualquier caso, el hecho de que los rendimientos ya se hayan gravado en el extranjero no nos exime de tener que incluirlos en la declaración de la renta. No obstante, la AEAT contempla un mecanismo para evitar que los contribuyentes paguen impuestos dos veces por las mismas rentas: la deducción por doble imposición internacional. Así que si el banco extranjero nos aplica alguna retención, deberemos indicarlo en la casilla correspondiente de la renta.

Modelo 720, ¿cuándo se tiene que presentar?

El modelo 720 es una declaración informativa y no implica el pago de impuestos. Se debe presentar por Internet durante los tres primeros meses del año siguiente al que hace referencia. La obligación recae sobre los contribuyentes que tengan cuentas y depósitos en el extranjero que en conjunto sumen más de 50.000 euros. Si la cifra es inferior, no se tendrá que presentar.

Este año el plazo termina el 31 de marzo, justo el día anterior al inicio de la campaña de la renta.

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