Beneficios fiscales 

Las deducciones más comunes con las que ahorrar hasta 1.600 € en el IRPF

Al igual que otros beneficios fiscales, será necesario que estos incentivos estén bien justificados, por medio de facturas o documentos sustitutivos, y deberán estar regulados siempre por la ley nacional y regional.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Freepik.

El Impuesto sobre la Renta de Persona Físicas (IRPF) es el que, hoy por hoy, reporta más ingresos a Hacienda. Además, es el que más impacto tiene sobre las nóminas de los trabajadores. Se trata de un tributo personal, progresivo y directo que grava la renta obtenida en un año natural. Es decir, está directamente relacionado con los ingresos del trabajador teniendo en cuenta circunstancias personales y familiares.

Existe la posibilidad de que se pueden aplicar dos tipos de deducciones fiscales sobre el IRPF, las aplicables a todos el territorio nacional y las que marque el gobierno autonómico en la región que residas habitualmente. 

Las deducciones estatales están fijadas en la Ley de Impuestos y son las siguientes:

  • Deducción por doble imposición internacional. Se trata de un mecanismo mediante el cual, las personas que obtengan beneficios en el extranjero podrán evitar que la renta obtenida en el extranjero tribute dos veces; el IRPF en España y un impuesto correspondiente del extranjero.
  • Deducción por maternidad. Las mujeres con hijos menores de tres años y que realicen una actividad por cuenta propia o ajena, por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, podrán deducir hasta 1.200 € por cada hijo menor de hasta esa edad. Si los hijos son adoptados, la deducción se podrá practicar, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil. En el caso que la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, este se podrá beneficiar de la deducción.
  • Deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo. Los contribuyentes que quieran beneficiarse de este mecanismo deben ser trabajador por cuenta propia o ajena, parados con prestación o subsidio y pensionistas. Por cada descendiente con discapacidad la le prevé hasta 1.200 euros. Además, esta cantidad podría incrementarse un 100% si es una familia de categoría especial. Si dos o más familiares quieren aplicar este tipo de deducción deberán repartirse la cantidad.

Las comunidades autónomas

En el caso de las deducciones fiscales relativas a las comunidades autónomas, cada región legisla conforme a su criterio y los residentes habituales de cada comunidad deberán acogerse a ellas.

En la Comunidad de Madrid podrás acogerte a una deducción de 600 euros por cada hijo nacido o adoptado y de hasta 1.600 € por  un acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad. Además de un 30%, con un máximo de 1.000 euros, del arrendamiento de la vivienda habitual. Las familias también pueden deducirse hasta 15% en gastos relativos a la educación escolar.

La Comunidad Valenciana pone a disposición de los contribuyentes beneficios fiscales relativos a la familia, con 270 € por cada hijo o de hasta 179 € por ascendientes mayores de 65 años con discapacidad, o mayores de 75 años. También disponen de deducciones por destinadas a bonos culturales de hasta el 21% de la adquisición. 

En el caso de Cataluña, la Generalitat aplica deducciones para alquiler de la vivienda habitual del 10 %, hasta un máximo de 300 euros anuales. Otro caso es el de viudedad, las personas pueden aplicar una deducción de 150 € durante el año de fallecimiento y los dos posteriores. También las fundaciones o asociaciones que tengan por finalidad el fomento de la lengua catalana o de la lengua occitana podrán beneficiarse de un 15%.

En Andalucía, las familias que tengas o adopten un hijo podrán deducirse 50 euros por cada hijo nacido o adoptado, y otros 50 € adicionales por hijo en el caso de partos o adopciones múltiples. Además, las madres o padres de familias monoparentales con hijos menores de edad o hijos mayores de edad incapacitados podrán acogerse a una deducción de 100 €. Asimismo, los menores de 35 años podrán ahorrarse un 15% por el alquiler de su vivienda habitual, hasta un máximo de 500 €. 

Todos estos beneficios fiscales están sujetos a criterios que marcan cada una de las regiones. Para consultar las deducciones completas de cada comunidad autónoma puedes hacerlo a través de sus respectivas páginas web. 

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