De invalidez y jubilación

¿Quién tiene derecho a una pensión no contributiva por incapacidad permanente?

La cuantía de la prestación que gestiona la Seguridad Social registra un aumento del 15% desde el 1 de enero, y se dirige a las personas que están en situación de necesidad protegible, pero no tienen los recursos suficientes.

¿Quién tiene derecho a una pensión no contributiva por incapacidad permanente?
¿Quién tiene derecho a una pensión no contributiva por incapacidad permanente?
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Cuando un trabajador sufre reducciones anatómicas o funcionales graves, que disminuyen o anulan su capacidad laboral, previsiblemente de forma definitiva, pese a haberse sometido al tratamiento médico prescrito, puede acceder a la pensión contributiva de incapacidad permanente, que gestiona la Seguridad Social. Pero si, por el contrario, una persona se encuentra en esa situación y no ha cotizado nunca o el tiempo suficiente para optar a esa prestación, no tiene que preocuparse: a ellos se dirige la pensión no contributiva, que puede ser de invalidez y jubilación. No obstante, para recibirla deben cumplir una serie de requisitos.

Se trata de una ayuda económica que se reconoce a los ciudadanos que se encuentran en situación de necesidad protegible, pero no cuentan con los recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, según se señala en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Además, desde el 1 de enero de 2023, su cuantía registra una subida del 15%, al igual que el Ingreso Mínimo Vital, tal y como aprobó el Gobierno de España a finales de 2022, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, liderado por José Luis Escrivá.

En el caso de la prestación contributiva, es un Tribunal Médico el que debe reconocer la situación que da lugar a la pensión, así como el grado de incapacidad permanente, que puede ser parcial, total, absoluta o de gran invalidez. Por su parte, la no contributiva está en manos de los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) en las ciudades de Ceuta y Melilla.

¿A quién se dirige la pensión no contributiva de invalidez?

Una cuestión fundamental que se ha de tener en cuenta es que la pensión no contributiva de invalidez no se concede a los ciudadanos que, pese a no poder realizar ninguna actividad laboral de forma permanente, no cumplen ciertos requisitos, como el alta o la situación asimilada de alta o el periodo de cotización exigido de acuerdo con la edad del solicitante.

Por el contrario, la pensión no contributiva trata de proteger a aquellos que tienen reconocida una discapacidad de, como mínimo, el 65% y residen en territorio español. Todo ello, al margen de si pueden o no desempeñar una profesión, aunque solo en los supuestos de que carezcan de rentas suficientes para sobrevivir.

Por tanto, puede que quienes no tengan derecho a la pensión contributiva de incapacidad permanente porque no reúnen las condiciones, tampoco puedan disfrutar de las no contributivas por no cumplir alguna de las condiciones señaladas.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la prestación?

Como ocurre con el resto de prestaciones de la Seguridad Social, solo se podrán convertir en beneficiarios de una pensión no contributiva de invalidez las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener entre 18 y 65 años.
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante un periodo de cinco años, de los cuales dos deben haber sido consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
  • Certificar una discapacidad en un grado igual o superior al 65%.
  • Tener carencia de rentas. Cada año, se establece un límite económico, a partir del cual no se puede acceder a la prestación. Conviene saber que no solo se toman en consideración las rentas propias, sino también los ingresos de los familiares con los que se convive.
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