Consultorio de vivienda

¿Qué derechos tengo sobre mi casa si en ella ahora viven mi ex y su nueva pareja?

Una vivienda.
Una vivienda.
Imagen de jcomp en Freepik
PREGUNTA

Hace ya diez años que me divorcié de mutuo acuerdo, con atribución del uso de la vivienda conyugal a mi esposa, quien se quedó también con la custodia de nuestra hija. Desde hace ya casi un año mi ex convive con su nueva pareja en la que fue nuestra vivienda y de la que aún hoy sigo pagando religiosamente la mitad de la hipoteca ¿Puedo hacer algo al respecto?

Esta cuestión fue tratada por el Tribunal Supremo en su sentencia de 20 de noviembre de 2018, que supuso un cierto giro doctrinal. La Sala analizaba en dicha sentencia un supuesto en el que la vivienda familiar le fue atribuido a la esposa por ser la progenitora custodia de los hijos menores del matrimonio. El progenitor no custodio alegó un cambio sustancial de la situación familiar a raíz de la entrada en el domicilio de una tercera persona con la que su ex esposa mantenía una relación afectiva.

La citada sentencia no niega que, al amparo del derecho a la libertad personal y al libre desarrollo de la personalidad, se puedan establecer nuevas relaciones de pareja con quien se estime conveniente, pero sí expone que el problema está en que ese derecho al libre desarrollo de la personalidad «se utilice en perjuicio de otros, en este caso del progenitor no custodio».

Y por ello, se concluye que «la introducción de un tercero en la vivienda en manifiesta relación estable de pareja con la progenitora que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos (…) cambia el estatus del domicilio familiar». En otras palabras, la vivienda pierde ese estatus de “vivienda familiar”

Dicha sentencia viene a decir que el derecho de uso de la vivienda familiar existe o deja de existir en función de las circunstancias que concurren en el caso; y que es un derecho que se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar. Es muy importante porque, si deja de ser vivienda familiar, ya no está “blindada”, y el no custodio puede por ejemplo instar que se venda y, llegado el momento, que se abandone por parte de la otra parte. Otra cosa es que, para no perjudicar los derechos de los menores, entre ellos a una vivienda, puedan revisarse las pensiones.

A la vista de todo esto, le recomendamos que consulte su caso concreto con su abogado de familia.

La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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