Crisis por el Covid-19

¿Qué derechos tienen los consumidores ante las cancelaciones de vuelos?

  • Trump ha cancelado las conexiones desde Europa durante 30 días como medida de prevención ante la expansión del coronavirus.
Coronavirus avión
Coronavirus avión
Europa Press

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha decidido suspender todos los viajes desde los países de Europa, incluido España, a Estados Unidos con la excepción de Reino Unido para prevenir la propagación del coronavirus. No es el único país que se protege ante España. Israel o El Salvador también han vetado las conexiones, y otros muchos países han tomado medidas como exigir la cuarentena a cualquier viajero que provenga de nuestro país, considerado ya zona de riesgo de contagio. 

Ante esta situación, miles de personas verán cancelados sus viajes. ¿Qué ocurre entonces? ¿Pueden los consumidores exigir la devolución del dinero?  La respuesta depende de si los países cancelan los vuelos o si simplemente se limitan a transmitir una recomendación de no viajar.

En el caso de los vuelos previstos a Estados Unidos la cancelación se debe a la decisión del Gobierno de suspender cualquier conexión con Europa, así la causa está justificada como fuerza mayor. En concreto, el Reglamento Europeo que regula esta cuestión estipula la fuerza mayor como "un acontecimiento que no puede preverse o que, si se prevé, es demasiado fuerte para controlarse, es decir, no puede eludirse mediante el debido cuidado, como una catástrofe natural". 

Así, según señala la Organización de los Consumidores (OCU), la cancelación del viaje por circunstancias de fuerza mayor da lugar a la devolución de las cantidades abonadas, pero en ningún caso las empresas deberán indemnizar por daños y perjuicios, así como tampoco cubrirá las compensaciones previstas en el Reglamento Europeo para los supuestos de overbooking, cancelación o retraso de los vuelos.

Pero no solo afecta a los usuarios que tenían organizados viajes, sino también a quienes tengan que volver. En ese sentido, ante esta situación extraordinaria, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) también señala que los usuarios afectados por la cancelación de los vuelos por parte de las compañías por la expansión del coronavirus tienen derecho a información, asistencia (comida y bebida suficiente, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico y, si fuese necesario, a una o más noches de alojamiento, así como al transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento) y el reembolso del importe del viaje o transporte alternativo.

La situación es diferente para los consumidores con viajes previstos a países donde no se han cancelado las conexiones, pero se recomienda no viajar. El Gobierno de España ha pedido a evitar cualquier viaje innecesario, sin embargo en estos casos, por ahora, la cancelación no se considera fuerza mayor. Desde el Ministerio de Consumo se insta a los usuarios cuya aerolínea no haya cancelado el vuelo a una de los países o zonas que se han declarado afectadas por el coronavirus a "consultar a la compañía o agencia con la que hayan formalizado su contrato de transportes; compruebar los términos y condiciones del contrato; y, en el supuesto que tengan un seguro de viaje, proceder a consultarlo por si pudieran cancelar su vuelo". En ese caso, el seguro se hace responsable del reembolso. 

Sin embargo, en este sentido hay que tener en cuenta que de manera general los seguros mantienen sus coberturas ante una epidemia, pero la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró este miércoles el brote de coronavirus una pandemia. Por lo que el seguro podría negar su responsabilidad alegando esa justificación.

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