Derechos laborales

¿Qué ocurre con los trabajadores si una empresa cierra al jubilarse el dueño?

El Estatuto de los Trabajadores recoge la jubilación del contratante como uno de los motivos para extinguir el contrato de trabajo, aunque los empleados pueden reclamar ciertos derechos.

Un jubilado.
¿Qué ocurre con los trabajadores si una empresa cierra al jubilarse el dueño?
Depositphotos.

La extinción de un contrato laboral como consecuencia del cierre de la empresa generalmente se asocia a causas económicas, sin embargo, no siempre es así. El Estatuto de los Trabajadores recoge los motivos que pueden llevar a la extinción de esta relación laboral y, entre otros, se incluye la jubilación del empresario. Esta causa puede provocar el cierre del negocio, cuyas consecuencias derivan sobre los trabajadores aunque podrán variar según la consideración del empresario, persona física o jurídica.

En primer lugar, si el propietario del negocio que se jubila es una persona física, es decir, realiza la actividad en nombre propio, no a través de una empresa, los trabajadores tienen derecho a una indemnización equivalente a un mes de salario. El importe no tributa por el IRPF ni cotiza a la Seguridad Social.

La extinción de la relación laboral no es un despido y, por tanto, no se podrá reclamar otra cuantía. La ausencia de este término también implica que no se necesita el permiso de la Autoridad Administrativa para realizar este trámite, aunque el empresario deberá notificar la situación en tiempo y forma al trabajador.

La situación es diferente si los contratos laborales se han formalizado a través de una sociedad, el empresario actúa como persona jurídica. En esos casos, la jubilación no implica dar por terminada la relación laboral, sino que sí se deberá proceder a tramitar un despido. Las opciones son un despido objetivo o colectivo (ERE), según el número de trabajadores afectados. 

En ambos casos la indemnización para el trabajador es la misma, le corresponden 20 días por año trabajado, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades

Otras opciones para evitar el cierre definitivo

No obstante, la situación anterior es solo una posibilidad porque, pese a alcanzar la edad legal de jubilación y decidir retirarse profesionalmente, el propietario del negocio tiene más opciones que evitarían el cierre y permitirían mantener el puesto de los trabajadores. Además, hay que tener en cuenta que al cerrar un negocio, el titular deberá liquidar todas las deudas pendientes y los bienes a su nombre. El traspaso del negocio una de las opciones a las que puede recurrir el dueño para evitar echar el cierre. De esta forma cambiaría la titularidad del negocio, pero su actividad, así como sus trabajadores se mantendrían, el nuevo empresario queda subrogado a los derechos y obligaciones del anterior. 

Por otra parte, otra forma de subrogar la titularidad y mantener es la actividad es que los propios trabajadores asuman esa responsabilidad a través de una sociedad, del tipo que sea. En este caso, igual que en el anterior, se subrogan los derechos y obligaciones al nuevo o nuevos titulares.

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