Fin al despido disuasorio

El nuevo despido de las empleadas del hogar: justificado y con indemnización

El despido para las trabajadoras doméstica debe ser justificado con causas objetivas y tienen derecho a recibir un finiquito de doce días por año trabajado con un máximo de seis meses, es decir, un día por mes. 

El nuevo despido de las empleadas del hogar
El nuevo despido de las empleadas del hogar
El nuevo despido de las empleadas del hogar

Fin al despido disuasorio para las empleadas del hogar. Este año de 2023 se marca como un hito en materia de derechos laborales para las trabajadoras domésticas que, recordemos, ya pueden cobrar la prestación por desempleo menos 360 días cotizados cuando termine su contrato. Y es que, por increíble que pueda parecer, no fue hasta el año pasado cuando se consiguió el acceso al paro para este sector de profesionales del cuidado doméstico. Pero aún hay más. 

El Gobierno de España, a petición del Ministerio de Trabajo y Economía Social, capitaneado por Yolanda Díaz, aprobó el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, que mejora las condiciones de trabajo de este colectivo, que a lo largo de la historia ha sido especialmente vulnerable, tras la ratificación del Convenio 198 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). A partir del 1 de octubre de 2022, los empleadores que tengan contratada a una trabajadora del hogar y decidan poner fin a la relación laboral, deberán justificar las causas de la rescisión contractual. Esto implica acreditar los motivos objetivos que ponen fin al contrato de trabajo y

Fin al despido sin justificar y sin indemnización para este sector

A finales del año pasado, el Ejecutivo de Pedro Sánchez puso fin a la figura de extinción de la relación laboral por desistimiento, lo que hasta entonces permitía prescindir de la persona contratada sin justificar causa alguna. Desde el 1 de octubre de 2022, se debe acreditar los motivos para la finalización del contrato, lo que implica derecho a la indemnización que pudiera corresponder. En cualquier caso, el finiquito es de 12 días por cada año trabajado con un máximo de seis meses, esto es, un día por cada mes trabajado. 

Además, se debe de cumplir con los plazos previstos para el preaviso. Si la prestación de servicios hubiera durado más de un año, la persona empleadora deberá conceder un plazo de preaviso como mínimo, de veinte días desde que se comunique a la persona trabajadora la decisión de extinción. En los demás supuestos el preaviso será de siete días.

Durante el período de preaviso, la persona que preste servicios a jornada completa tendrá derecho, sin perder su retribución, a una licencia de seis horas semanales con el fin de buscar nuevo empleo. Asimismo, la persona empleadora podrá sustituir el preaviso por una indemnización equivalente a los salarios correspondientes al periodo de preaviso.

Cómo despedir a una empleada del hogar en 2023

La norma establecida por el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, especifica cuáles son algunas de las causas que pueden justificar la extinción del contrato:

  • La disminución de los ingresos de la unidad familiar o incremento de su gasto por circunstancia sobrevenida, como lo es, por ejemplo, la pérdida de trabajo o la declaración de incapacidad para el trabajo de la persona empleadora.
  • La modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar que justifican que se prescinda de la persona trabajadora del hogar, como podrían ser, entre otras, la asunción de las citadas tareas por entidad pública o el cambio en las necesidades de cuidado de algún miembro de la unidad familiar.
  • El comportamiento de la persona trabajadora que fundamenta de manera razonable y proporcionada la pérdida de confianza de la persona empleadora.
Mostrar comentarios