Derechos Laborales

Si me despiden después de un ERTE, ¿cuánto me corresponde de paro?

Gobierno y agentes sociales continúan negociando 'in extremis' para llegar a un acuerdo que prorrogue los expediente de regulación temporal de empleo más allá del 30 de septiembre, día en que caduca el actual decreto.

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Si me despiden después de un ERTE, ¿cuánto me corresponde de paro?
EUROPA PRESS - Archivo

El Gobierno y los agentes sociales continúan negociando las claves de una nueva prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo, cuya vigencia actual acaba en apenas 48 horas: el próximo miércoles, 30 de septiembre. Mientras tanto, y a la espera de atar los últimos flecos para hacerse oficial, van, a cuentagotas, saliendo detalles de lo que serán los nuevos ERTE. 

Una de las últimas claves es que este 'salvavidas' público para empresas y empleos permanecerá durante todo el año 2021, y, aunque los recursos se van a focalizar en los sectores más afectados por la pandemia, prácticamente todas las compañías de casi cualquier actividad, van a poder acceder a las ayudas, siempre que demuestren que su desempeño se ha viso afectado por la crisis del Covid. 

Otra de las novedades es que el contador a cero pasará de de 180 a 196 días.  El 'contador a cero' se refiere al momento en el que los trabajadores afectados por ERTE no consumen la prestación por desempleo durante el tiempo que están inactivos. 

Esto supone, además, que un empleado que regresa a la actividad laboral después de un ERTE, no podrá ser despedido durante los primeros seis meses. Si esto ocurriese, las compañías serán penalizadas con el pago de las cotizaciones sociales de las que quedaron exentas durante el parón. Y es que ante la prohibición de realizar despidos objetivos por el coronavirus hasta el 31 de enero, destituir a un trabajador será mucho más caro, pues tendrá que ser indemnizado como si fuera un despido improcedente.

Esto quiere decir que al empleado le correspondería una indemnización de 33 días por año trabajado, en lugar de 20. Además, tendrá derecho a todo el paro generado hasta el momento del despido, incluso si ha estado de ERTE. 

Pasado el medio año...

¿Y si el despido es pasado el medio año? Entonces, entraría el llamado 'contador a cero', que se refiere al momento en el que los trabajadores afectados por ERTE no consumen la prestación por desempleo durante el tiempo que están inactivos.

Con un ejemplo será mucho más sencillo: pongámonos en la piel de un empleado que en marzo le quedaban 10 meses de paro. Llega la pandemia y su empresa hace un ERTE por el que 'se queda sin trabajo' durante los siguientes seis meses. Bien, pues durante ese medio año, no consumía paro al no contar como tiempo desempleado. Es decir, si en un futuro se quedase sin empleo, le seguirían perteneciendo esos 10 meses de paro que tenía previos a la pandemia (a los que se sumaría, obviamente, el tiempo cotizado después).

Ampliar el 'contador a cero' a los 196 día supone que durante los primeros 196 días, un afectado por ERTE no consumirá paro, pasado este periodo -unos seis meses y medio- sí que se descontará.

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