Importancia de los plazos

Las deudas que prescriben en 2020 y podrías no tener que pagar nunca

La prescripción de las deudas se regula en el Código Civil, dentro de las acciones personales, y el plazo se ha reducido en el último año. 

Una calculadora y billetes de euro.
Las deudas que prescriben en 2020 y podrías no tener que pagar nunca
Imagen de Alexander Stein en Pixabay.

Las deudas comprometen la actividad económica y pueden complicar los ingresos presentes y futuros al generar intereses y exponerlos a consecuencias como el embargo. Por todo esto, es importante liquidarlas cuanto antes, pero hay veces que también es posible dar por liquidada la deuda sin haberla pagado: cuando prescriba. La prescripción es un concepto jurídico que permite la extinción de un derecho, en este el cobro de la deuda, por el transcurso de un tiempo determinado.

En el caso de las deudas, los plazos de prescripción son importantes para los acreedores porque podría perder su derecho a reclamar el dinero pendiente, mientras que para los deudores puede suponer un alivio al no tener que pagar ya. Esta situación se podría dar este año con algunas deudas para las que estos plazos se han reducido de 15 a 5 años. En concreto, en 2020 comienza a aplicarse el cambio de plazo que entró en vigor con la Ley 42/2015. 

Hasta ahora, el Código Civil establecía que las deudas que "no tengan señalado término especial de prescripción" lo harían a los quince. Sin embargo, con el objetivo de "un equilibrio entre los intereses del acreedor en la conservación de su pretensión y la necesidad de asegurar un plazo máximo", se redujo el plazo a cinco años. Un plazo que comienza a contar "desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. En las obligaciones continuadas de hacer o no hacer, el plazo comenzará cada vez que se incumplan". 

Este cambio de plazo entró en vigor en octubre de 2015 y, por tanto, las deudas contraídas en esa fecha ya han prescrito, lo hicieron el pasado mes de octubre. El resto de deudas cuyo plazo se inició en los meses siguientes, si no se interrumpen, prescribirán en los próximo meses. 

La duda surge en las deudas contraídas con anterioridad a esa fecha, especialmente entre 2005 y 2015, cuando no se cumplen todavía los 15 años, el plazo que se exigía antes para la prescripción. En ese caso, la disposición transitoria relativa a esta materia permite la aplicación a las acciones personales nacidas antes de la entrada en vigor de esta Ley, de un régimen también más equilibrado, surtiendo efecto el nuevo plazo de cinco años. Es decir, las deudas contraídas en ese periodo también habrán prescrito en octubre. 

No obstante, hay que tener en cuenta, que esta prescripción que recoge el Código Civil, solo será de aplicación para aquellas deudas en las que acreedor y deudor no hayan especificado otro plazo. Además, no afectará en ningún caso a las deudas hipotecarias, que prescriben a los veinte años. 

¿Cómo interrumpir el plazo de prescripción?

El deudor, para evitar perder el su derecho al cobro, puede reclamarlo, de manera que interrumpe el plazo de prescripción. Esta reclamación tiene como principal consecuencia que el plazo comienza a contarse de nuevo. 

El Código Civil establece que la prescripción de las acciones se interrumpe por su ejercicio ante los Tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor y por cualquier acto de reconocimiento de la deuda por el deudor.

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