No podrán despedir en los seis meses siguientes

Moncloa penalizará a empresas si bajan plantilla en los 6 meses que sigan al ERTE

  • El Gobierno plaga de cautelas la regulación de los ajustes exprés de personal para evitar despidos y reducir el impacto presupuestario de la medida.
Déficit comercial, empleado, empresa, trabajador, coche, fábrica de coches
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Europa Press

Las empresas que recurran a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por causa de fuerza mayor a través del procedimiento exprés y subvencionado habilitado por el Gobierno para facilitar su adaptación a la repentina caída de la actividad sobrevenida por la crisis del coronavirus tendrán que mantener su plantilla durante los seis meses siguientes a la extinción del ERTE para no perder las ayudas públicas reconocidas por el Real Decreto Ley de medidas urgentes publicado este miércoles en el BOE. 

El Gobierno tenía claro desde el principio que tenía que introducir alguna cláusula para vincular la exoneración en el pago de las cuotas sociales de los trabajadores afectados por ERTE prevista en la norma a la formalización de algún tipo de compromiso con el empleo por parte de la empresas, pero a última hora de la tarde de ayer todavía maduraba el mecanismo a utilizar. Finalmente se ha decantado por establecer una exigente condicionalidad que obligará a las empresas a mantener la plantilla durante los seis meses siguientes a la desactivación del ERTE y la supuesta reimplantación de la actividad normal de la compañía para no perder los créditos públicos percibidos por el esquema de ayudas ideado por el Gobierno para reducir la factura de esta crisis.

La cláusula endurece de forma significativa el tratamiento a las empresas, a las que se impone la obligación de mantener su plantilla a toda costa para no tener que reintegrar esos fondos al erario público en un contexto de probable recesión, en el que la actividad económica probablemente salga magullada del parón forzado por la actual crisis.

Las grandes empresas pagarán más que las pymes

Hay más condiciones para acceder a las ayudas públicas. Con el objetivo de aligerar los costes en los que van a incurrir las empresas que se vean obligadas a ejecutar ajustes de plantilla, el Gobierno va a exonerar a las compañías del pago de la aportación empresarial a la Seguridad Social durante los ERTE. Pero la suspensión de las cuotas no es total para todas. Según establece el real decreto ley, solo se 'perdonará' el 100% de las cotizaciones sociales a las empresas de menos de 50 trabajadores, "siempre que éstas se comprometan a mantener el empleo". Para el resto, las de más de 50 trabajadores, la exoneración es del 75%.

En concreto, en los expedientes de suspensión de contratos y reducción de jornada autorizados en base a fuerza mayor temporal vinculada al Covid-19, la Tesorería General de la Seguridad Social exonerará a la empresa del abono de la aportación empresarial así como del relativo a las cuotas por conceptos de recaudación conjunta, "mientras dure el período de suspensión de contratos o reducción de jornada autorizado en base a dicha causa cuando la empresa, a 29 de febrero de 2020, tuviera menos de 50 trabajadores en situación de alta en la Seguridad Social. Si la empresa tuviera 50 trabajadores o más, en situación de alta en la Seguridad Social, la exoneración de la obligación de cotizar alcanzará al 75% de la aportación empresarial", consta en el texto legal.

Esto limita considerablemente el soporte estatal a los expedientes de regulación temporal de empleo, habida cuenta de que las empresas que están acudiendo de manera masiva a los ERTE son precisamente las de mayor tamaño. Compañías de la talla de Seat, Iberia, Vips o Burger King ya han anunciado sus ajustes de plantilla. Fuentes del área económica del Gobierno explican que el Gobierno ya cuenta con un millón de parados más durante los próximos dos meses, hasta superar un total de 4 millones de desempleados en las oficinas de empleo. Si bien fuentes del Ejecutivo matizan que ese pico temporal provocado por los ERTE se reducirá una vez se retome la actividad, gracias, sobre todo, a las salvaguardas incluidas en este real decreto ley que además de aliviar los costes a las compañías trata de incentivar el mantenimiento del capital humano ya formado, obligando a recuperar a los trabajadores tras el ERTE y a conservarlos al menos durante seis meses.

En la práctica, esto supone la prohibición de los despidos. Una exigencia de los sindicatos, que han pedido que se vinculen las medidas de flexibilidad interna que se pudieran ir aprobando en las empresas a la prohibición de otros mecanismos de ajuste como despidos o no renovaciones de los contratos temporales. Una medida al estilo de Italia, que ha prohibido durante dos meses que las empresas puedan despedir a sus empleados por motivos económicos derivados de la situación de emergencia que se está viviendo en el país, donde el Covid-19 ha causado más de 2.000 fallecidos. Sí estarán permitidos, sin embargo, los despidos por motivos disciplinarios.

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