Diez consejos para ahorrar dinero antes y después de la reforma fiscal

    • "Hasta el final de año es el momento idóneo para decidir si anticipar determinadas operaciones o retrasarlas al año siguiente", explican los fiscalistas del Consejo de Economistas.
    • La reforma se encuentra en proceso de tramitación en el Senado y todavía puede haber cambios.
Los asesores fiscales plantean 60 recomendaciones para rebajar la factura fiscal con la reforma
Los asesores fiscales plantean 60 recomendaciones para rebajar la factura fiscal con la reforma
A. Acosta

A menos de dos meses para que termine el año, los fiscalistas de REAF-REGAF del Consejo General de Economistas, lanzan una serie de recomendaciones. Dependiendo de las decisiones que se tomen, habrá que esperar a 2015 o acelerar el ritmo para cerrar ciertas operaciones en 2014 porque el importe de la factura tributaria puede variar considerablemente.

Hay muchas novedades porque el año que viene entra en vigor la reforma fiscal. "Hasta el final de año es el momento idóneo para decidir si anticipar determinadas operaciones o retrasarlas al año siguiente, si ello puede procurar un buen ahorro tanto para las personas físicas como jurídicas", afirman desde REAF-REGAF.

Actualmente la reforma se encuentra en proceso de tramitación en el Senado tras su aprobación en el Congreso. Por eso, los fiscalistas, advierten que todavía puede haber cambios.

Hasta ahora y contando con las 34 enmiendas incorporadas en el Congreso, convendría hacer antes de la entrada en vigor de la reforma:

1- Cambio de municipio por cuestiones de trabajo, mejor en 2014. Si está desempleado y le ofrecen un trabajo que implica cambiar su residencia a otro municipio, acepte el contrato antes de 2015. Así "podrá reducir la renta del trabajo obtenida en 2014 y 2015 en 2.652 euros cada año. Si toma la opción ya en 2015 solo podrá aplicar un gasto por este concepto de 2.000 euros en 2015 y 2016", explican desde REAF.

2- Alquilar una vivienda como inquilino, firme el contrato en 2014 porque desaparece la deducción por alquiler. En el caso de que gane menos de 24.107 euros anuales, es preferible encontrar vivienda y firmar el contrato de alquiler antes que termine el año. Así se podrá aplicar una deducción de hasta el 10,05% de los importes satisfechos anualmente. Si la firma del alquiler se produce ya en 2015, pierde el incentivo fiscal.

3- Las atenciones y regalos a clientes y proveedores, mejor antes de fin de año."Agasajar a los clientes, mejor hacerlo en 2014", señala Luis del Amo, Secretario Técnico de REAF- REGAF. Un empresario que deba invertir en "atenciones" a clientes, como por ejemplo una cena, es mejor que lo haga estos últimos meses en los que no hay límites a la deducción. A partir de 2015 se deducirá hasta el 1% del importe neto de la cifra de negocios de la empresa.

4- Aumente su aportación al plan de pensiones antes de 2015. Con la reforma se reduce el límite de las aportaciones. "Si tiene un plan de pensiones le conviene en 2014 agotar el límite de aportación, 10.000 euros o 12.500 euros, dado que a partir de 2015 el importe máximo de la reducción será solo 8.000 euros, además de que conseguirá más ahorro en 2014 al tributar por una tarifa más elevada que en 2015. Por último, todo lo que aporte en 2014 y en años anteriores podrá rescatarlo sin ningún problema a partir de 2025, aunque no se produzca la contingencia asegurada", afirma en el Consejo de Economistas.

5- Deducciones medioambientales y fomento de las TIC's, es el último año. "Es el caso de las deducciones medioambientales y la de fomento de las TIC's", aseguran en el Consejo.

6- Entrega de acciones a los trabajadores. La reforma fiscal había eliminado la exención fiscal de hasta 12.000 euros en la entrega de acciones de una empresa a sus trabajadores. "Hay una enmienda del Grupo Popular que lo resucita con la condición que las acciones se oferten a los empleados de la empresa con las mismas condiciones. De lo contrario, hay que intentar que las acciones se entreguen en 2014", avisa del Amo.

Y después de la reforma, en 2015, tenga en cuenta:

7- Depósitos a largo plazo, mejor en 2015. "Si está pensando en realizar algún depósito, puede que le convenga esperar a 2015 o hacerlo en uno con vencimiento a primeros de año, y entonces abrir un Plan de Ahorro a Largo Plazo. De esta manera, si recupera el capital una vez transcurridos 5 años, no tributará por el rendimiento obtenido hasta la fecha del rescate", explican los fiscalistas.

8- Espere a 2015 si es mayor de 65 años y quiere vender algún bien distinto a la vivienda habitual. "Si usted tiene más de 65 años y está pensando en vender, donar o permutar algún bien, distinto a la vivienda habitual, con plusvalía, será mejor que espere a transmitirlo en 2015. De esta manera no tributará si el importe obtenido lo reinvierte en una renta vitalicia, con un máximo de 240.000 euros".

9- Se suaviza el castigo fiscal a las ganancias en la venta de propiedades adquiridas antes de 1994… siempre que sea un importe inferior a 400.000 euros. Ha sido la última polémica en torno a la reforma fiscal. Llegó incluso a provocar la división entre las filas del PP. En el texto original enviado por Cristóbal Montoro, se establecía la supresión de los coeficientes de abatimiento. Una medida que penalizaba a aquellas propiedades adquiridas antes de 1994. Significaba que la diferencia entre vender una propiedad o un paquete de acciones en 2014 o en 2015, implicaba pagar hasta un 50% más de impuestos si se hacía el próximo año. Con la aprobación de una enmienda en el Congreso el día 31 de octubre la situación se suaviza. Afectará si el importe es superior a 400.000 euros. Como explican en el Consejo de Economistas, "un propietario que venda por 210.000 euros no notará apenas diferencia entre vender en 2014 o en 2015 pero cuidado porque todo suma, si vende varias propiedades se contabiliza y no deberá sobrepasar ese límite de 400.000 euros".

Además hay que tener en cuenta que en todo caso en 2015 no se aplicará la corrección monetaria. Es decir, "si está pensando en transmitir un inmueble adquirido en 2012 o en años anteriores, también le interesa hacer números. A partir de 2015 a la transmisión de inmuebles no se les aplicará la corrección monetaria, aunque el tipo de gravamen en dicho año y en los siguientes será menos que el de 2014".

10-Donaciones y donativos, mejor en 2015. Las donaciones a instituciones beneficiarias del mecenazgo es mejor hacerlas en 2015 porque entonces se incrementan los porcentajes de deducción.

Seis Principales claves del proyecto de ley (Fuente: BBVA)
Reducción de tarifas y tipos en dos años.Base general:-Tarifa progresiva de cinco tramos.-Tipo mínimo: 20% en 2015 y 19% en 2016-Tipo máximo: 47% en 2015 y 45% en 2016Base del ahorro: tipo en tres tramos: 20%, 22% y 24% en 2015. 19% 21% y 23% en 20162. Rendimientos del trabajoSe limita la excención de las indemnizaciones por despido a 180.000 euros a partir del 1 de agosto de 2014.Nuevo supuesto de gasto deducible de 2.000 euros.Se incrementa la reducción general hasta 14.500 euros.3. Rendimientos de capital inmobiliarioSe mantiene la reducción del 60% de los rendimientos netos positivos del alquiler. Se elimina la reducción del 100% para arrendamientos a jóvenes menores de 30 años.4. Rendimientos de capital mobiliarioSe elimina la excención mínima de 1.500 euros.Disminuye al 30% la reducción por rendimientos irregulares.Nuevo Plan de Ahorro a Largo Plazo (PALP).5. Actividades económicasSe mantiene en 600.000 euros el importe neto de la cifra de negocios para la aplicación del método de estimación directa a partir de 2016.

Se establecen a partir de 2016 nuevos requisitos para la aplicación del método de estimación objetiva.6. Ganancias y pérdidas patrimonialesExcención de la ganancia derivada con ocasión de la dación en pago de la vivienda habitual.Se reduce a 8.000 euros el importe máximo de la reducción por aportaciones a los planes de pensiones. Se añade a un supuesto de rescate anticipado en el caso de una antigüedad de las aportaciones superior a 10 años.Se establece una excención para los mayores de 65 años, siempre que la ganancia se destine a constituir una renta vitalicia asegurada en el plazo de seis meses.El límite para no presentar declaración se incrementa hasta 12.000 eurosTipo reducido de retención del 15% para los rendimientos de actividades profesionales:Rendimiento año anterior <15.000 euros yQue represente más del 75% de los rendimientos del contribuyente.

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