Bancos y dinero

Dinero en efectivo: ¿cuántas monedas puedo ingresar en el banco?

Este límite que establece la regulación no impide que las entidades bancarias acepten cantidades superiores, pero sí les libera de la obligación de aceptarlas.

Monedas
Monedas
Europa Press

Aunque parezca que el efectivo vaya cada vez de capa caída en favor del uso de otros métodos de pago electrónicos, como las tarjetas de crédito, el Bizum y similares; todavía es común ir al banco a ingresar billetes y monedas en la cuenta corriente. Bien sea como sistema de ahorro, bien porque en nuestro trabajo u oficio acabamos recogiendo dinero en efectivo, no es raro acudir con un montón de monedas a la ventanilla de nuestra entidad bancaria. Igualmente, es posible que a la hora de pagar recibos u otros conceptos en la caja de nuestro banco decidamos hacerlo en efectivo, para lo que también se necesitarán monedas.

Lo ideal a la hora de llevar monedas a ingresar al banco es hacer uso de los blísteres o plásticos que se pueden conseguir en las propias oficinas, ya que permite un conteo y un ingreso del dinero mucho más rápido y efectivo que si se entregan las monedas sueltas. Sin embargo, independientemente de que las llevemos sueltas o atadas, hay un máximo de monedas que podemos ingresar en el banco. 

Ojo, este máximo no se refiere a que no podamos de ninguna manera llevar más del límite establecido en la regulación, sino que hace referencia a la obligación que tienen los bancos y entidades en recoger y aceptar, sí o sí, esas monedas. Establecida esta diferencia, los bancos están obligados a aceptar y contar un máximo de 50 monedas, estén en blísteres o no. A partir de esta cantidad, la entidad no tiene ni la obligación de aceptarlas ni la de contarlas. 

¿Cuánto dinero se puede ingresar en monedas?

El Banco de España puntualiza que la única excepción en la que sí están obligados a aceptar más de 50 monedas es cuando se realicen actividades delegadas de caja pública, por ejemplo, en el cobro de impuestos y tasas municipales. En muchas ocasiones fuera de esta excepción, los bancos aceptan monedas en cantidades superiores a este límite, pero es cierto que pueden aplicar tasas de cobro o comisiones por conteo. Se considera que por encima de las 50 monedas hay que emplear más recursos técnicos y humanos y, por lo tanto, esta cantidad no se puede considerar un ingreso ordinario.

Es importante pactar y firmar unas condiciones con nuestro banco si vamos a ingresar monedas de manera recurrente. Lo más habitual es que sean los profesionales los que recurran a este tipo de negociaciones con la entidad y, según el Banco de España, lo más común es llegar a un acuerdo en el que las entidades admiten ingresos de efectivo de más de 50 monedas "salvo posterior recuento". En el caso en que existan diferencias entre el importe declarado por el cliente y el resultado del posterior recuento, prevalecerá el último resultado salvo otros acuerdos. 

También es habitual que la entidad entregue cartuchos para las monedas y, así, se facilite el posterior recuento y que se oferten "servicios especiales de gestión integral de efectivo", como aquellos que incluyen la recogida, el empaquetado, el posterior recuento... 

Mostrar comentarios