'Plan Le Llamamos'

Los documentos que debes preparar para hacer la declaración con ayuda telefónica

Los contribuyentes deben entregar su declaración de la Renta antes del día 30 de junio. Hasta ese día tienen disponible con cita previa el servicio telefónico de la Agencia Tributaria. Esta es toda la documentación necesaria.

Los documentos que debes preparar para hacer la declaración con ayuda telefónica
Los documentos que debes preparar para hacer la declaración con ayuda telefónica
Bruce mars a través de Pexels

Para los más rezagados todavía es posible presentar la declaración de la Renta 2022 y ya está en marcha la ayuda que ofrece la Agencia Tributaria a los contribuyentes para confeccionar su declaración por teléfono o de manera presencial. Los contribuyentes tienen de plazo hasta el día 30 de junio, pero para recurrir a la ayuda deberán concertar cita previa y el último día es el 29. Esta es la documentación necesaria para hacer la declaración con ayuda telefónica.

En concreto, el plan 'Le Llamamos' ofrece atención telefónica desde el mes de mayo. La cita previa está disponible a través de Internet y de la aplicación de la Agencia Tributaria o también se puede solicitar por teléfono. En el número 91 553 00 71, que está operativo de lunes a viernes de 09:00 a 19:00. Una vez solicitada la cita, el contribuyente recibirá un SMS con los detalles de la fecha y hora en la que recibirá la llamada. La Agencia Tributaria llamará desde el teléfono 810520052 al número de teléfono que se ha facilitado.

En el momento de recibir la llamada, que debe atender el titular de la declaración, es importante contar con toda la documentación necesaria para confeccionar la declaración de la renta. La llamada será grabada y para identificar al contribuyente será necesario indicar, si se ha registrado en Cl@ve PIN, el número de móvil que se comunicó en el registro o, en otro caso, obtener antes el número de referencia por Internet.

Documentación personal para hacer la declaración de la renta por teléfono

A continuación, será necesario la documentación personal. Esto es el DNI original del contribuyente titular de la declaración y si es conjunta o aparecen otros contribuyentes se deberá llevar una fotocopia de su DNI. Junto a ello, Hacienda pedirá el número IBAN de la cuenta bancaria y las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler o en otras circunstancias -se pueden encontrar en el recibo del IBI-.

Además, hay que tener a mano cualquier justificante que pueda dar lugar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal. Por ejemplo, la Agencia Tributaria menciona el NIF del arrendador y las cantidades pagadas por el alquiler si vives en esta situación o, en caso de haber comprado una vivienda habitual con ampliación del préstamo, se exigen los saldos pendientes de amortizar del préstamo original. También pueden ser necesarios los recibos de los seguros en caso de tener hipoteca o los justificantes de donativos realizados.

Justificantes de los rendimientos

La obligación de tributar por el IRPF se genera por la obtención de ciertos rendimientos. Así para confeccionar la declaración en las oficinas también habrá que llevar los documentos relacionados con cada categoría. En el caso de los rendimientos del trabajo se necesitará el certificado emitido por el pagador o el importe de las cuotas satisfechas a sindicatos o colegios profesionales, si fuera necesario.

Los rendimientos del capital inmobiliario son aquellos obtenidos de inmuebles –tanto rústicos como urbanos- y para completar en la declaración en las oficinas de Hacienda serán necesarios los justificantes de ingresos –a través de los contratos- o las facturas de gastos relacionados con alquileres de inmuebles de los que el contribuyente sea propietario o usufructuario.

Para los rendimientos de capital mobiliario, relacionados con los ingresos obtenidos de títulos renta fija como bonos u obligaciones, se necesitan los certificados. Además, en el caso de pérdidas y ganancias patrimoniales se exigen los documentos de compra o de venta que den lugar al resultado que se incluye en la declaración, así como las fechas de adquisición y transmisión para justificar la pérdida o ganancia.

Además, la Agencia Tributaria recuerda la regularización por devolución de intereses percibidos de cláusulas suelo, para lo que el contribuyente deberá llevar a la cita el certificado de la entidad financiera indicando los ejercicios a los que corresponde el interés excesivo cobrado por cláusulas suelo nulas.

Mostrar comentarios