Paga tanto el donante como el donatario

La diferencia entre donar dinero o una casa: conoce los impuestos que pagarás

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones no es el único a pagar en una donación. La plusvalía municipal y el IRPF de la declaración de la Renta entran en juego en determinados casos.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Racool_studio en Freepik.

El coste fiscal de las donaciones acostumbra ser más bajo que el de la herencia. En consecuencia, muchos propietarios de bienes optan por ellas. Sin embargo, la tributación de las donaciones, determinada por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, varían en función de si se donan bienes como una vivienda, o si lo que se dona es dinero.

Este impuesto, que debe abonarse en un plazo de 30 días, es competencia de las comunidades autónomas. Por ejemplo, si un hijo de 30 años recibe de su padre 800.000 en dinero en efectivo, este pagaría más por el impuesto en Extremadura, donde la cuota líquida es de 200.122,67 euros. Pero, ¿es este el único impuesto a pagar?

Donación de un bien o vivienda

En el caso de la donación de la vivienda, tanto donante como donatario (así se llama la persona que recibe el inmueble) tienen que hacer frente a impuestos.

Por un lado, el donante deberá tributar en la declaración de la Renta (IRPF) la donación si con ella ha obtenido una ganancia patrimonial, es decir, si hay diferencia entre el valor de la adquisición y el valor de la tranmisión del inmueble.

El donante tributará en el IRPF por un porcentaje comprendido entre el 19% y el 29%. La única excepción que le absolverá de la Renta es que la vivienda donada sea su residencia habitual y que su edad supere los 65 años.

Por otro lado, el donatario deberá pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la comunidad autónoma donde se ubique la vivienda. Asimismo, deberá abonar el impuesto de la plusvalía municipal en el ayuntamiento en el que se ubique el mencionado bien.

¿Quién paga impuestos en las donaciones de dinero?

En caso de que la donación sea en dinero en efectivo, únicamente el donatario deberá pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En esta situación, el donante no deberá tributarlo en la Renta. 

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