¿Primer paso hacia el contrato único? Habrá que igualar las indemnizaciones

  • Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictamina que la indemnización de los temporales debe ser igual a la de los indefinidos.

    Los sindicatos como CC.OO. piden al Gobierno que se aplique la jurisprudencia europea para evitar la precariedad laboral de los que encadenan varios contratos temporales.

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EUROPA PRESS
Luis Díaz

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TSJU) ha sentenciado que los trabajadores con un contrato temporal y los que tienen uno fijo deberán cobrar la misma indemnización. Este dictamen insta a los tribunales españoles a resolver de la misma forma. Por lo que los trabajadores temporales pasarán de cobrar los 12 días de indemnización por año trabajado a los 20 de los que gozan los fijos.

La sentencia especifica que deben ser iguales salvo que haya "razones objetivas" -sin diferenciar "entre trabajadores con contrato de duración determinada y trabajadores fijos". El caso hace referencia a Ana de Diego, empleada interina en el Ministerio de Defensa, que entró como secretaria en 2003 y estuvo hasta 2012 encadenando contratos en el Ministerio de Defensa. La sentencia fue elevada al TJUE, que falló el pasado día 14 de setiembre a favor de la trabajadora interina, abriendo este nuevo panorama.

En resumen, cuando un trabajador interino hace lo mismo que uno fijo se le debe indemnizar de la misma forma. El tribunal europeo afirma que la normativa española no puede ir en contra de lo establecido, ya que que los trabajadores temporales no pueden ser discriminados respecto a los fijos.

Actualmente en España hay cuatro millones de contratos temporales. La sentencia reconoce que los contratos temporales en vigor o los que se realicen a partir de ahora serán indemnizados de la misma manera. Además, los contratos temporales finalizados con anterioridad al fallo pueden reclamar si no ha pasado un año desde entonces.¿Primer paso hacia el contrato único?

Esta sentencia no obligará a reformar el actual Estatuto de los Trabajadores, pero los tribunales tienen que ajustarse a la jurisprudencia marcada por el TJUE.  Actualmente en España existen tres tipos de indemnizaciones: 12 días por año trabajado para los contratos temporales, 20 días para los indefinidos despedidos de forma procedente y 33 días para los indefinidos que han sido despedidos de forma improcedente. 

En los casos de los contratos de formación, aprendizaje o interinidad la indemnización es igual a cero. Eso es lo que cambia la sentencia En caso de despido disciplinario -ofensas, embriaguez habitual...- tampoco se recibe indemnización.

El debate que se abre a continuación es si esta sentencia no reduce demasiado las diferencias entre los tipos de contrato en España. La actual normativa sí que fija diferencias entre los trabajadores, fijos o temporales, pero reducir las diferencias entre contratos podría ser un acercamiento al contrato único.

En sus programas electorales Ciudadanos ha incluido la propuesta del contrato único. En su caso lo que querían instaurar era un modelo en el que no habría contrato temporal, ya que consideraban que se utilizaba para encadenar uno tras otro. Su objetivo era un único modelo de contrato de indemnizaciones crecientes: más tiempo trabajado, más indemnización. En su acuerdo con el PP no lograron convencer a los populares.Los sindicatos se muestran favorables

Por su parte, Comisiones Obreras (CC.OO.) se ha mostrado favorable al dictamen del TJUE. El sindicato asegura que actualmente la Administración "abusa de la precariedad del empleo público con una excesiva concatenación de contratos mantenidos durante largo tiempo de interinos en el sector público", haciendo clara referencia al caso de Ana de Diego.

Afirman que "Se trata de un pronunciamiento que tiene enormes repercusiones en nuestro sistema de relaciones laborales, y genera efectos directos sobre los trabajadores y trabajadoras sujetos a un contrato temporal" y "que tiene efectos indudables para corregir uno de los elementos más perniciosos de nuestro sistema de relaciones laborales, como es un índice de temporalidad desproporcionado".

El sindicato de Ignacio Fernández Toxo alaba la medida porque "se elimina la enorme distorsión que viene generando nuestra legislación laboral que de forma tradicional se fundamenta en la absoluta desprotección de los trabajadores temporales ante el despido". CC.OO. dice que apoyará las acciones judiciales para asegurar las indemnizaciones.

Por último, corroboran en su comunicado que no es necesaria ninguna reforma legal para cumplir con lo dictado, pero exigen "una reforma legislativa urgente, que modifique el Estatuto de los Trabajadores en el sentido de reconocer el derecho a todos los trabajadores temporales (...) de una indemnización equivalente a la prevista para el despido objetivo, al margen de la fecha de celebración de dicho contrato".

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