El BOE publica el convenio de seguridad social entre España y Ecuador

  • Madrid.- El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el convenio de seguridad social suscrito entre España y Ecuador, que permitirá a los trabajadores ecuatorianos cotizantes en territorio español gozar de las mismas prestaciones que los afiliados nacionales.

El BOE publica el convenio de seguridad social entre España y Ecuador
El BOE publica el convenio de seguridad social entre España y Ecuador

Madrid.- El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el convenio de seguridad social suscrito entre España y Ecuador, que permitirá a los trabajadores ecuatorianos cotizantes en territorio español gozar de las mismas prestaciones que los afiliados nacionales.

El acuerdo, que entró en vigor el pasado 1 de enero, también beneficiará a los españoles que están empleados en el país sudamericano, que rondan los 5.000.

Según los datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración correspondientes al pasado mes de enero, hay unos 158.000 ecuatorianos afiliados a la seguridad social española.

El convenio fue firmado en diciembre de 2009 en Madrid y ratificado en Quito el pasado mes de noviembre, con motivo de la visita de la ministra de Asuntos Exteriores, Trinidad Jiménez.

La equiparación de trato de los españoles y ecuatorianos en uno y en otro país permitirá acumular el tiempo de cotización laboral para poder acceder a los subsidios.

De este modo, una persona asegurada que haya trabajado en los dos países sin reunir en ninguno de ellos el tiempo mínimo para obtener su jubilación podrá sumar sus aportaciones en cada una de las partes para recibir su pensión.

El convenio establece las reglas sobre jubilación, maternidad, accidentes y enfermedades laborales, incapacidad temporal o permanente y auxilio por defunción, entre otras, a las que se pueden acoger los trabajadores y pensionistas de ambos países.

Las prestaciones serán revalorizadas y complementadas periódicamente y no estarán sujetas a reducción, modificación o retención en ninguno de los países.

Este concierto bilateral será de aplicación a los trabajadores y pensionistas que cumplan la legislación en materia de seguridad social, así como a los miembros de sus familias y a las personas vinculadas legalmente a ellos.

Para acceder a las prestaciones estipuladas, se deberán solicitar en las oficinas de las seguridad social de ambos países.

Los Gobiernos español y ecuatoriano han establecido el convenio por tiempo indefinido, aunque podrá ser denunciado total o parcialmente por uno de ellos, lo que cesará su vigencia después de seis meses desde que una de las partes lo comunique.

Este acuerdo deja sin efecto los convenios previos bilaterales sobre seguridad social firmados en 1960 y en 1974.

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