El ejecutivo obliga a suscribir contratos con los ganaderos en todas las ventas de leche


El Consejo de Ministros aprobó este jueves un decreto que recoge la obligatoriedad de suscribir contratos en las transacciones de leche. Con esta regulación, todas las ventas de leche cruda estarán sujetas a un contrato firmado por adelantado en el que se incluirán, entre otros elementos, el volumen contratado y el precio a pagar.
Adicionalmente, en los contratos en los que el vendedor sea el propio ganadero se exigirá la duración mínima de un año, salvo que el propio ganadero rechace esta prerrogativa, en cuyo caso la duración será la que libremente pacten las partes implicadas.
El decreto establece también las funciones otorgadas a las organizaciones de productores en el sector lácteo, así como los requisitos mínimos que deben cumplir y las normas para su reconocimiento por parte de los órganos competentes de las comunidades autónomas donde radique la sede de la entidad solicitante.
Con el objetivo de equilibrar la cadena de valor, se autoriza a estas organizaciones de productores a poder negociar de manera colectiva en nombre de sus asociados los términos de los contratos, incluido el precio.

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