El gobierno amplía el plazo para que ayuntamientos con dificultades se acojan a las medidas extraordinarias


El Gobierno ha decidido ampliar el plazo para que los ayuntamientos con dificultades financieras presenten las solicitudes para acogerse a las medidas extraordinarias de apoyo a la liquidez.
Esta medida se incluye en una disposición del real decreto ley de trasposición parcial de la normativa europea de solvencia, aprobado este viernes por el Consejo de Ministros.
El Ejecutivo ha decidido ampliar el plazo para que los ayuntamientos presenten las solicitudes para acogerse a las medidas extraordinarias de apoyo previstas en el real decreto aprobado en el pasado junio sobre medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros.
El objetivo es posibilitar que municipios que inicialmente, y habiéndolo podido hacer, no solicitaron las medidas contempladas en dicho real decreto, presenten las solicitudes en un plazo adicional de un mes desde la entrada en vigor de la nueva norma.
Esta iniciativa afecta a las solicitudes para acogerse a las medidas extraordinarias de apoyo a la liquidez contenidas en el Título II del mencionado real decreto, previstas con carácter temporal y voluntario, con el fin de permitir a las entidades locales hacer frente a sus problemas económicos y ayudarles a cumplir con sus obligaciones fiscales y financieras.
Se trata de corporaciones que, por ejemplo, presenten ahorro neto y remanente de tesorería para gastos generales negativos, en términos consolidados, en los dos últimos años.
También aquellas que tengan deudas con acreedores públicos, pendientes de compensación mediante retenciones de la participación en tributos del Estado, superiores al 30% de sus respectivos ingresos no financieros.
Otro ejemplo son aquellas que hayan contraído una deuda por importe superior a un millón de euros por préstamos concertados con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, y no hayan cumplido con su obligación de pagar las cuotas trimestrales de préstamos correspondientes.
Desde el Ejecutivo señalaron que “la finalidad de la ampliación del plazo es facilitar la mayor incorporación posible de municipios a las medidas extraordinarias eliminando obstáculos que no deberían afectar al logro de la estabilidad y del reequilibrio de aquellas entidades”.
Según el Gobierno, en un “buen número de casos” esa situación se ha debido a problemas de gobernabilidad en algunos ayuntamientos.
Para solventar esta circunstancia, se posibilita la aprobación por la junta de gobierno local (o por el alcalde, si esta no existiese en municipios menores de 5.000 habitantes) de la solicitud de acogerse a estas medidas, en el caso de que en una primera votación en el Pleno no se alcanzase la mayoría necesaria, dando cuenta al mismo en la primera sesión que se celebre con posterioridad.

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