El Gobierno aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley de Financiación de RTVE

  • Madrid.- El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Reglamento que desarrolla la Ley sobre Financiación de la Corporación RTVE de 2009, después de que Bruselas haya indicado que no hay ningún impedimento para que se aplique.

El Gobierno aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley de Financiación de RTVE
El Gobierno aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley de Financiación de RTVE

Madrid.- El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Reglamento que desarrolla la Ley sobre Financiación de la Corporación RTVE de 2009, después de que Bruselas haya indicado que no hay ningún impedimento para que se aplique.

"Con el pronunciamiento positivo de la Comisión, ya no existe ningún impedimento para que el sistema de financiación se aplique en su integridad y para ello es necesario el desarrollo de algunos aspectos, esencialmente técnicos, que permitan su puesta en práctica efectiva", detalla la referencia del Consejo de Ministros.

Este Reglamento cumple con el mandato, establecido en la propia Ley, de desarrollar y concretar algunos de los aspectos allí contenidos, para la puesta en práctica del nuevo modelo de financiación de la radio y televisión pública de titularidad estatal, según detalla la referencia del Consejo.

El modelo nuevo, fija un techo presupuestario anual de 1.200 millones de euros y elimina la publicidad como fórmula de financiación de RTVE, además de prohibir los contenidos de pago, haciendo de la nueva Corporación un servicio público de acceso universal y gratuito, recuerda el Consejo.

La financiación, a partir de este año, se sustenta, por un lado, en ingresos públicos procedentes de los Presupuestos Generales del Estado y del rendimiento de la tasa de reserva del espectro radioeléctrico y, por otro, en las aportaciones de los operadores de televisión y telecomunicaciones en función de sus ingresos brutos anuales en los términos y con los límites que establece la propia ley.

Estas aportaciones, tanto públicas como procedentes de los operadores privados, "sólo" pueden ir destinadas a financiar contenidos de servicio público.

En líneas generales, el Reglamento regula procedimientos, criterios y mecanismos a contemplar para el ingreso en el Tesoro Público del exceso anual de ingresos presupuestarios por encima de los 1.200 millones de techo legal, así como la forma, plazos y organismos encargados de la gestión y el pago de la tasa por el uso del espacio radioeléctrico en favor de la Corporación de RTVE.

Además, regula el proceso de gestión y liquidación de la aportación de los operadores de telecomunicaciones y las sociedades concesionarias y prestadoras del servicio de televisión obligados por la Ley.

También marca la realización, plazos y cantidades de los pagos a cuenta que han de realizar las operadoras de telecomunicaciones y televisión afectadas, así como la forma de compensar en ejercicios posteriores el remanente que resulte cuando la cuantía de los pagos a cuenta efectuados supere el importe de la aportación que legalmente les correspondería aportar.

La identificación de los ingresos de las operadoras de televisión y telecomunicaciones que constituyen la base impositiva de las aportaciones, también están marcadas.

La clarificación de los servicios audiovisuales cuya explotación obliga a los operadores de servicios de comunicaciones electrónicas a contribuir a la financiación de la Corporación RTVE, también está incluido.

El aplazamiento o fraccionamiento de la aportación anual de los operadores y sociedades, que la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones puede decidir en función de la capacidad financiera y nivel de ingresos, está, a su vez, también previsto.

El Real Decreto cumple la función de todo Reglamento de desarrollar, clarificar y completar los preceptos de la Ley y es necesaria para la aplicación de un nuevo modelo de financiación para la Corporación "cuyos frutos se están empezando a ver", concluye la nota del Consejo.

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