El gobierno modifica la normativa de desarrollo de la ley de ordenación del mercado de tabacos


El Consejo de Ministros aprobó hoy un real decreto por el que se modifica otro de 1999, que desarrollaba la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Esta norma regulaba el estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco.
La norma aprobada se adapta, en primer lugar, a las recientes modificaciones en la Ley, que tienen por objeto dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal Supremo del año 2012. Así, se elimina la inhabilitación existente a los titulares de una expendeduría de tabaco y timbre para poder importar labores de tabaco de Estados de la Unión Europea (UE). También se permite la venta a distancia, a personas residentes en otro Estado miembro de la UE.
Por otro lado, en el decreto aprobado este viernes se establece la subasta en vez del concurso como la forma de provisión de las expendedurías, y se adapta el real decreto a lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2013.
MERCADO MINORISTA
El real decreto incorpora también una serie de mejoras que tratan de dinamizar el mercado minorista y adaptarlo a la evolución de la realidad económica, entre las que figuran la liberalización del horario mínimo de apertura y la eliminación del requisito de residencia en la misma localidad.
De igual forma, se permite la comercialización en los estancos de otros productos previa declaración responsable, que sustituye a la autorización existente hasta ahora y se contempla la posibilidad de conversión de una expendeduría general en una complementaria, con lo que se facilita la adaptación de las expendedurías a la realidad económica y demográfica. También se introduce una mayor flexibilidad en el régimen de transmisión de las expendedurías.

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