El gobierno remite a las cortes el anteproyecto de ley del sector eléctrico, que refuerza la independencia de la cne


El Gobierno aprobó este viernes el anteproyecto de Ley del Sector Eléctrico, que, entre otras medidas, contempla el fortalecimiento de la independencia de los reguladores nacionales de energía y la introducción de la protección a los consumidores vulnerables y su asimilación al bono social, junto con otras disposiciones de defensa del consumidor.
La nueva norma será remitida con carácter de urgencia al Parlamento para el inicio de su debate a partir del mes de septiembre y su posterior convalidación con rango de ley.
El anteproyecto tiene como finalidad adecuar la ley 54/1997 del Sector Eléctrico a las directrices de la Unión Europea, para lo que transpone la directiva sobre normas comunes del mercado interior de la electricidad.
Con unos planteamientos similares a los del anteproyecto de Ley del Sector de Hidrocarburos, aprobado el viernes pasado por el Consejo de Ministros para adaptar este sector a las normas comunes para el sector del gas natural de la Unión Europea, profundizar en la liberalización de los mercados y prestar una atención especial a la defensa de los consumidores son los propósitos fundamentales de la ley.
En el texto de la nueva normativa se contempla la certificación de Red Eléctrica de España como gestor de la red de transporte, facultando a la Comisión Nacional de Energía para realizar dicha certificación en base a lo que se establezca reglamentariamente.
Asimismo, incluye, entre otros aspectos, las limitaciones accionariales de la sociedad matriz a la que pertenece el operador del sistema, gestor de la red de transporte y transportista.
Respecto a la armonización de las competencias de la Comisión Nacional de Energía con otros organismos e instituciones y en relación con los expedientes sancionadores como resultado de las actuaciones de inspección, cuyo plazo se amplía a seis meses, se precisa que las competencias de la CNE son “sin perjuicio de las competencias exclusivas de otros órganos de las Administraciones Públicas”, como la Comisión Nacional de Competencia.
También establece que la tramitación de reclamaciones se conducirá en coordinación entre las comunidades autónomas y la propia CNE vía protocolos de actuación.
Como ya se hizo en el anteproyecto de ley del Sector de Hidrocarburos, se dicta que los actos y resoluciones adoptadas por la CNE en el ejercicio de sus funciones pondrán fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurridos ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
DEFENSA CONSUMIDORES
En este capítulo, además de adaptar el concepto comunitario de “consumidor vulnerable” para asimilarlo al ya existente bono social español, se introducen una serie de disposiciones y, entre ellas, se exige un desglose en la factura del consumidor de los elementos principales de coste.
También se obliga a los comercializadores a disponer de un servicio de atención para las reclamaciones que disponga de una dirección postal y de un servicio de atención telefónica gratuito, implementado en tres meses y un correcto mantenimiento del mismo.
Se exige a los comercializadores, además, que cumplan con los plazos de cambio de suministrador, y se estipula que los incumplimientos de las nuevas normas pueden suponer para los comercializadores multas que no podrán sobrepasar el 10% del volumen neto de la cifra de negocios.

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