¿Está su nombre en una lista de morosos? Preocúpese si debe más de 50 euros

  • Con la aprobación de la nueva normativa también se crearán buzones para recoger denuncias anónimas sobre prácticas corruptas en empresas.
Las listas de morosos llegaron a 2,4 millones de personas en 2009
Las listas de morosos llegaron a 2,4 millones de personas en 2009

Millones de españoles figuran en alguna lista de morosos, una inclusión que les puede generar algún problema a la hora de acudir a un banco a solicitar un crédito personal, por ejemplo. Solo en los ficheros de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (Asnef) y Equifax se encuentran datos de más de 4 millones de ciudadanos que pueden tener algún tipo de deuda. Un importante porcentaje de los afectados son consumidores que no han pagado alguna factura telefónica y pasan a aparecer automáticamente en estos listados, pero otros han sido víctimas de una suplantación de identidad. Para solucionar esta situación el Gobierno y el Congreso ultiman una reforma legal.

Se trata del Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter

Personal que actualmente se encuentra en el Congreso en fase de tramitación. En el aspecto económico hay dos novedades importantes con las que la mayoría de los grupos parlamentarios están de acuerdo en aprobar. La primera afecta a la citada incorporación de deudas a sistemas de información crediticia, es decir, a los famosos listados de morosos. Así, tras la aprobación de esta ley, no se podrán incorporar a estos sistemas de datos crediticios a aquellos particulares o empresas que adeuden una cuantía inferior a 50 euros. Actualmente, cualquier español con un euro de deuda de cualquier tipo puede ser incluido en estos listados de morosos. 

Estar incluido en un archivo de morosidad podría generar serios perjuicios para un ciudadano en su día a día. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) recibe, de hecho, multitud de denuncias por la inclusión errónea de particulares en dichos listados. Fuentes del organismo hablan de que de las 11.000 reclamaciones que reciben al año más de 8.000 hacen referencia a quejas relacionadas con problemas deudores y contrataciones irregulares de productos o servicios. Elevar a 50 euros la cuantía mínima para formar parte de estas bases de datos de morosidad debería, en principio, evitar problemas a ciudadanos que no han pagado alguna factura de teléfono, por citar un caso.

Otra de las novedades de la nueva Ley de Protección de Datos será la creación de buzones en los que particulares puedan denunciar de forma anónima prácticas o conductas corruptas en empresas. La normativa exige "adoptar las medidas necesarias para preservar la identidad y garantizar la confidencialidad de los datos correspondientes a las personas afectadas por la información suministrada, especialmente la de la persona que hubiera puesto los hechos en conocimiento de la entidad, en caso de que se hubiera identificado". Así, por ejemplo, el trabajador de una constructora podrá denunciar si ha observado algún indicio de conducta irregular en un momento determinado de su actividad profesional. 

La ley añade que esos datos denunciados "deberán conservarse en el sistema de denuncias únicamente durante el tiempo imprescindible para decidir sobre la procedencia de iniciar una investigación sobre los hechos denunciados". Tres meses después, esos datos deberá suprimirse. El Gobierno presume de que se trata de una medida más encaminada a la lucha contra la corrupción que vienen defendiendo desde que Rajoy llegó a La Moncloa.

Derechos al olvido, a la portabilidad...

En esta nueva Ley de Protección de Datos también se regularán algunos derechos recogidos en el Reglamento relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos: el derecho al olvido, a la rectificación, a la limitación del tratamiento de datos... En cuanto a las personas fallecidas, la normativa establecerá la posibilidad de que los herederos puedan recuperar, rectificar o suprimir de redes sociales los datos o archivos de la misma. En el caso de fallecimiento de menores, sus padres, los representantes legales o la Fiscalía podrá reclamar dichos datos para evitar posibles perjuicios. Hasta ahora las compañías ofrecen serias dificultades para poder acceder a este tipo de información.

Asimismo, se desarrolla el llamado derecho a la portabilidad, que regula el traspaso de líneas telefónicas de una compañía a otra. Además de establecer la obligatoriedad de que las compañías porten la línea por deseo del usuario se añade la novedad de que las firmas tecnológicas tendrán que trasladar toda la información de un usuario de una red social a otra, siempre que la tecnología permita dicho traspaso. Así, si un ciudadano quiere pasar de Google Plus a Facebook todas sus fotografías la compañía no podrá poner limitaciones.

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