El juez ordena que Eroski a devolver a BBVA los importes de las subordinadas

  • El titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de la capital vizcaína, Marcos Bermúdez, ha dictado hoy un auto aclaratorio en que establece que Eroski deberá asumir parte de los "efectos" de la anulación de los contratos de las subordinadas que emitió y devolver a BBVA los importes de esas aportaciones que la entidad comercializó.

Bilbao, 26 feb.- El titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de la capital vizcaína, Marcos Bermúdez, ha dictado hoy un auto aclaratorio en que establece que Eroski deberá asumir parte de los "efectos" de la anulación de los contratos de las subordinadas que emitió y devolver a BBVA los importes de esas aportaciones que la entidad comercializó.

En enero, Bermúdez dio la razón a la demanda colectiva en representación de 68 personas interpuesta por Asociación de Usuarios de Bancos Adicae y anuló los contratos de compra de las aportaciones de Eroski.

Además, condenó al BBVA, comercializador de las subordinadas, a devolver el dinero de estos productos y absolvió a la empresa del Grupo Mondragón.

El BBVA pidió al juez que se completase el fallo aclarando el destino de esas aportaciones y reclamó que le fueran restituidas por parte de Eroski.

Según explica ahora Bermúdez, en su sentencia del 27 de enero resolvió que los contratos de compra de las aportaciones quedaban anulados, y ello conllevaba la devolución a los clientes minoristas de los importes que habían entregado al banco.

Además, ha afirmado que, de ser firme esa sentencia, "Eroski debería soportar los efectos reflejos o indirectos de la nulidad" de esos contratos de aportaciones subordinadas y debería devolver a BBVA "el importe que recibió por la adquisición de la deuda, minorado en los intereses que haya abonado a los adquirentes y las comisiones pagadas por la comercialización".

Marcos Bermúdez considera que Eroski podría reclamar, en su caso, a BBVA "los daños y perjuicios que entienda que le ha causado la forma de comercialización empleada que ha acabado con la anulación de las aportaciones financieras que recibió en su día".

El juez matiza que no detalló esos extremos en la sentencia de enero porque ninguna de las partes se lo había pedido.

"Y si ahora se aclara la sentencia con estas consideraciones, únicamente es porque sirven de fundamento para descartar lo que solicita BBVA" cuando pide "que se recoja expresamente como efecto de la nulidad la 'restitución de las Aportaciones Financieras Subordinadas de Eroski' a la entidad bancaria", explica.

El auto aclaratorio de hoy añade que BBVA no estará obligado a entregar cantidad alguna a aquellos demandantes que no han contratado con esta entidad bancaria la adquisición de las aportaciones y tampoco deberá pagar a los compradores de preferentes que hayan alcanzado un acuerdo extrajudicial.

Tras conocerse esa resolución, el BBVA ha hecho pública una nota en la que ha valorado que el Juzgado de lo Mercantil haya estimado "en una buena medida" sus peticiones anteriores.

Así, ha destacado que el banco "no debe pagar cantidad alguna" a aquellas personas que adquirieron esas aportaciones a través de otras entidades y que el auto "refleja la obligación de Eroski de entregar a BBVA las cantidades recibidas por la adquisición de las referidas aportaciones, en el caso de que dichas operaciones sean anuladas definitivamente".

BBVA ha insistido en que, con independencia de este auto, procederá a recurrir la sentencia en apelación.

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