El Supremo anula la inspección de Competencia en la sede de Unesa en 2009

  • El Tribunal Supremo ha acordado anular la inspección desarrollada por la autoridades de competencia durante el mes de noviembre de 2009 en la sede de la patronal eléctrica Unesa, en el marco de una investigación de la que derivó una multa de 61 millones de euros para la asociación y empresas del sector.

Madrid, 29 dic.- El Tribunal Supremo ha acordado anular la inspección desarrollada por la autoridades de competencia durante el mes de noviembre de 2009 en la sede de la patronal eléctrica Unesa, en el marco de una investigación de la que derivó una multa de 61 millones de euros para la asociación y empresas del sector.

En una sentencia dada a conocer hoy, el Supremo estima un recurso contencioso-administrativo presentado por Unesa contra una sentencia de la Audiencia Nacional de 2011, en la que inadmite otro recurso de la asociación contra una orden de investigación en la extinta Comisión Nacional de la Competencia -hoy Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia-, que a su vez también fue recurrida.

Esta sentencia se remonta a noviembre de 2009, cuando Competencia inspeccionó la sede de Unesa en el marco de una investigación por posibles prácticas anticompetitivas en el sector.

De esta investigación se derivó una multa de 61 millones de euros para la asociación y las cinco mayores eléctricas por obstaculizar los cambios de compañía y restringir la competencia.

Unesa recurrió esta inspección por considerar, entre otras cuestiones, que no estaba bien justificada, una reclamación que planteó ante Competencia y, tras ser rechazada, ante la Audiencia Nacional y finalmente, el Supremo.

Ha sido ahora el Supremo quien ha dado la razón a la asociación en este punto, al estimar que la investigación afecta a la inviolabilidad del domicilio, un derecho constitucional, así como a otras normativas de la competencia.

En su opinión, "no resulta exigible que la orden de investigación contuviese una información pormenorizada sobre los hechos y datos que eran objetivo de investigación; pero sí debía contener especificaciones que indicasen de manera suficiente el objetivo y finalidad de la investigación", tras lo que concluye que "no contiene las especificaciones mínimamente exigibles".

Por ello, acuerda anular el acuerdo la CNC en el que se inadmitía el recurso de Unesa y, por tanto, también la propia orden de inspección desarrollada en noviembre de 2009 en su sede, aunque no se pronuncia sobre sus consecuencias para el conjunto de la investigación.

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