El Supremo confirma la discriminación salarial de género que sufren las 'kellys'

  • El alto tribunal ratifica que los pluses de productividad de las mujeres son muy inferiores a los que reciben los hombres del mismo nivel profesional.
Concentración Kellys en Plaza España
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CAIB

A la espera de que la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, cumpla con su promesa de modificar el Estatuto de los Trabajadores para mejorar las condiciones laborales del colectivo de las camareras de piso, el Tribunal Supremo acaba de rechazar los recursos presentados contra una sentencia en la que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) consideró que los pactos salariales para asignar el plus de productividad en algunos hoteles de Tenerife son discriminatorios para las 'kellys', según ha informado hoy CCOO.

Los recursos contra la sentencia del TSJC los presentaron la empresa Tensur SA Hotel Best Tenerife y Sindicalistas de Base, sindicato mayoritario del comité de esa empresa.

Comisiones Obreras señala en un comunicado que el Tribunal Supremo ratifica que los pactos salariales son discriminatorios por razón de género, al otorgar al colectivo de camareras de pisos (92% mujeres) un plus de productividad por categoría profesional muy inferior a la percibida por los camareros de sala (85% hombres) o cocineros, categorías todas encuadradas en el mismo nivel profesional del convenio. Añade que quedan pendientes de confirmar otras dos sentencias que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias dictó sobre este tipo de pactos salariales tras las demandas de Comisiones Obreras.

Comisiones Obreras recuerda asimismo que la aplicación de este tipo de pactos está prevista en el artículo 32, apartado 3, del convenio colectivo de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife, recientemente firmado por Sindicalistas de Base y la patronal Ashotel, sin la participación de CCOO y UGT.

Asegura Comisiones Obreras que los llamados pluses de productividad de esos pactos, "tan dispares y discriminatorios" con los colectivos más feminizados, tienen su origen en el reparto del tronco de propina que recogía la ordenanza laboral franquista de hostelería, y a las que se remite el convenio recientemente firmado.

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