El Supremo rechaza fijar el valor de las acciones de El Corte Inglés

  • El Tribunal Supremo ha rechazado establecer el valor de las acciones de El Corte Inglés, lo que obligará a los hermanos Areces Fuentes, sobrinos del fundador de la empresa, y al gigante de la distribución a pactar un nuevo precio para la venta del 0,2 % del capital o a seguir litigando.

Madrid, 4 dic.- El Tribunal Supremo ha rechazado establecer el valor de las acciones de El Corte Inglés, lo que obligará a los hermanos Areces Fuentes, sobrinos del fundador de la empresa, y al gigante de la distribución a pactar un nuevo precio para la venta del 0,2 % del capital o a seguir litigando.

En una sentencia publicada hoy, el Alto Tribunal desestima los recursos presentados por los Areces Fuentes y por El Corte Inglés, con lo que confirma la resolución que dictó en diciembre de 2009 la Audiencia Provincial de Madrid, que consideró que los 16,53 millones ofrecidos en 2005 por la empresa no era un precio razonable, aunque también rechazaba los 40,6 millones pedidos por los hermanos.

El Supremo afirma que el auditor, que fue nombrado "correctamente" por El Corte Inglés, sin embargo "no cumplió el encargo estatutario de fijar el valor real de las acciones al señalar otro arbitrario totalmente inhábil".

Así, respalda a la Audiencia Provincial de Madrid, que afirmó que el auditor, Leandro Cañibano, otorgó a las acciones un precio que "no ha sido razonable y, por tanto, ha de considerarse arbitrario", ya que se limitó al valor contable y no tuvo en cuenta potenciales plusvalías, lo que fue calificado de "manifiestamente insostenible e inaceptable".

No obstante, los magistrados de la Sala de lo Civil también rechazan fijar un valor de las acciones distinto al de Cañibano, ya que creen que la Audiencia Provincial de Madrid actuó de forma congruente al no aceptar las valoraciones que habían elaborado para los hermanos Areces Fuentes la auditora Mazars y los profesores del IESE Pablo Fernández y José Manuel Campa -este último antes de ser nombrado secretario de Estado de Economía-.

"Podrán o no compartirse las razones por las que la Sala de apelación sostiene la insuficiencia de las pruebas practicadas sobre el valor razonable de las acciones, pero desde luego la valoración en modo alguno puede tildarse de ilógica o arbitraria", afirma la sentencia del Supremo.

En lo que se refiere a los recursos de El Corte Inglés, el gigante de la distribución afirmaba que el Supremo no podía fijar en ningún caso un valor para sus acciones.

En cambio, el Alto Tribunal defiende que "el valor fijado por el auditor designado al efecto puede ser sustituido por el determinado por el tribunal incluso con base en informes de expertos que sin ostentar la condición de auditor permitan su concreción, dentro de los límites, claro está, que impone la congruencia".

El Supremo también discrepa con El Corte Inglés al rechazar que el auditor sea una figura todopoderosa que pueda fijar un precio para las acciones sin posibilidad de revisión.

Así, cree que el auditor es un "arbitrador" que debe observar criterios objetivamente adecuados y similares a los normales del sector para llevar a cabo su mandato.

El Alto Tribunal también rechaza las críticas de los hermanos Areces Fuentes al proceso llevado a cabo por El Corte Inglés para adquirir de forma preferente el paquete accionarial, que valida.

Aunque el consejo de administración no tenía la autorización previa de la Junta General de Accionistas para ejercer el derecho de adquisición preferente, el Supremo sostiene que la decisión adoptada estaba dentro de la legalidad y de los estatutos.

Los hermanos Ramón, Rosario y María Jesús Areces Fuentes, que poseen el 2,1 % de El Corte Inglés, demandaron a la empresa en 2006 después de considerar que el precio que les ofrecía por el 0,2 % del capital era un "expolio" y que la sociedad había incumplido el procedimiento legal para ejercer el derecho de adquisición preferente de ese paquete accionarial.

El cuarto de los hermanos, César, que inició actuaciones legales con anterioridad, consiguió llegar a un acuerdo en 2009 con la empresa de distribución, que pagó entre 50 y 60 millones por su 0,69% del capital.

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