El Tribunal de Cuentas acusa al ICO de condonar créditos por 740 millones

  • El órgano fiscalizador detecta "numerosos incumplimientos del régimen contable aplicable a los fondos carentes de personalidad jurídica".
Tribunal de Cuentas / EFE
Tribunal de Cuentas / EFE

El Tribunal de Cuentas ha alertado de que el Instituto de Crédito Oficial (ICO) da por condonados créditos al desarrollo en otros países a pesar de no haberse cumplido todas las condiciones para su baja en las cuentas, lo que supuso una infravalorización del saldo de las cuentas de activo y pasivo de estos créditos en más de 540 millones de euros hasta 2015, y de más de 740 millones en 2016.

Así consta en el 'Informe de fiscalización del Fondo para la Internacionalización de la Empresa, Ejercicios 2015 y 2016', en el que el órgano fiscalizador detecta "numerosos incumplimientos del régimen contable aplicable a los fondos carentes de personalidad jurídica".

Entre ellos, la citada práctica contable aplicada por el ICO a estos créditos, incluidos en Programas de Conversión de Deuda por proyectos de desarrollo. Según explica el Tribunal, la condonación debe reconocerse cuando exista constancia del cumplimiento de las condiciones establecidas, en este caso, finalizar la ejecución de los proyectos de desarrollo.

Sin embargo, el ICO mantiene el préstamo vivo en contabilidad, provisionado al 100%, y lo da de baja a medida que el prestatario va ingresando en el fondo de contravalor las cuotas establecidas, lo que supone, señala el Tribunal, un incumplimiento del Plan de contabilidad dedicada a transferencias y subvenciones.

El resultado de esta gestión contable es que los saldos de las cuentas de balance que afectan a estos créditos están infravalorados respecto al importe total a condonar, al no haberse cumplido las condiciones para su baja definitiva en las cuentas, explica en su informe. 

Prácticas contrarias a la propia intervención del estado

Asimismo, el informe señala la incorrecta contabilización de dos operaciones de refinanciación de créditos a Argentina y Cuba en las que el ICO, subraya el Tribunal, no debería haber revertido el deterioro de los créditos originariamente concedidos a estos países al cierre de 2015 y 2016.

En este sentido, señala que no se cumplió lo establecido para ello en la propia resolución de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) aplicable en la materia. Los citados créditos ascendían a 146 y 124 millones de euros para Argentina y Cuba, respectivamente.

Según relata el órgano fiscalizador, estas operaciones de refinanciación no supusieron la concesión de nuevos créditos sino que consistieron, principalmente, en el establecimiento de un nuevo calendario de pagos con el aplazamiento de las cuotas de los importes pendientes, sin que se aportaran garantías adicionales.

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