Nuevo modelo de indemnización

Todas las claves para entender el despido reparativo de Yolanda Díaz

La indemnización por despido en España sale "demasiado barata y debemos actuar". Esta es la firme declaración de intenciones de la ministra de Trabajo, que busca reformar el Estatuto de los Trabajadores. 

Todas las claves para entender el despido reparativo de Yolanda Díaz
Todas las claves para entender el despido reparativo de Yolanda Díaz
Europa Press

Un año después de que se aprobara la reforma laboral, es otro el asunto en materia de trabajo que concierne a Yolanda Díaz. Y es que, ahora, es el despido improcedente el que está encima de la mesa de negociación con los agentes sociales, esto es, patronal y sindicatos. Sin embargo, echando la vista atrás, cabe preguntarse el porqué hace doce meses no se puso coto a este asunto. Otra duda que se plantea a la hora de modificar el Estatuto de los Trabajadores, que, recordemos, data de la década de los 80, es en qué consisten las indemnizaciones por despido restaurativo o reparativo planteado por la actual líder del Ministerio de Trabajo y Economía Social. 

La vicepresidenta segunda del Gobierno de España parece querer anotarse otro tanto en lo que a empleo se refiere solo dos semanas después de que se aprobara el nuevo Salario Mínimo Interprofesional en un 8%, lo que da un sueldo de 1.080 euros brutos al mes repartidos en 14 pagas anuales. Por lo que llegados a este punto, cabe preguntarse qué es lo que realmente se busca cambiar a la hora de despedir a un trabajador asalariado de una empresa. Y es que, por increíble que parezca, se sigue cobrando lo mismo que hace once años. 

Hay que remontarse, pues, a la reforma laboral de 2012, aprobada durante el mandato de Mariano Rajoy, en la que se pasó de los 60 días por año trabajado a los 45 con un tope de 42 mensualidades si el contrato era anterior al 12 de febrero de 2012 en el caso de que se trate un despido improcedente. Ahora bien, si el contrato del trabajador es posterior a esta fecha, las cuantías se reducen de forma significativa. En concreto, a los 33 días de salario por año de servicio hasta un máximo de 24 mensualidades. Así se establece en el artículo 56 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

Qué es el despido reparativo que busca reformar el Estatuto de los Trabajadores

Cómo afectaría el despido a las indemnizaciones

Para entender esta nueva propuesta de despido, hay que remontarse a hace ahora casi once años. Tras la reforma laboral de Mariano Rajoy, Francia intentó emular el sistema de abaratamiento del despido español aunque, a diferencia de España, no le salió bien la jugada. Se dio de bruces con el Comité de Derechos Sociales y Económicos, en el que se alegó que incumplía con el artículo 24 de la Carta Social Europea, hecha en Estrasburgo el 3 de mayo de 1996. Finalmente, fue impedido en el país vecino. 

Es en esta norma a nivel comunitaria en la que apoya Yolanda Díaz. Para la política de Unidas Podemos, las indemnizaciones por despido improcedente deben ser restaurativas, es decir, que dependan de factores como son la edad, la formación o el sexo, lo que algunos de sus detractores, han determinado como "despido a la carta". Justo en este sentido, Díaz señala que nuestro país es uno de los pocos en Europa en el que las "indemnizaciones están topadas", un punto de vista que comparte con las principales fuerzas sindicales -CCOO y UGT-, que ya han puesto reclamaciones para certificar si realmente España cumple o no con el artículo 24 de la Carta Social Europea. "Pronto será el turno de España", sentenció la ministra.

Sin embargo, no parece que la ministra las tenga todas consigo. Fue hace solo unos pocos días cuando se publicó que el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que dictamina que "no es discriminatorio" que empresa y representantes de los trabajadores pacten en un expediente de regulación de empleo (ERE) de extinción (despido colectivo) una indemnización de menor cuantía para el personal con una edad igual o superior a los 60 años. El fallo, con el que se unifica doctrina, precisa que, con independencia de la edad, el acuerdo entre la empresa y los sindicatos, pactado en sede judicial, recogía en todo caso indemnizaciones para toda la plantilla que mejoraban el mínimo legal establecido, que en este caso era de 20 días por año al tratarse de un ERE objetivo por causas económicas.

¿Qué tipo de despido que recoge la Carta Social Europea?

Para entender este asunto a fondo, hay que conocer qué dice el artículo 24 de la Carta Social Europea, que es lo siguiente. Para garantizar el ejercicio efectivo del derecho de los trabajadores a protección en caso de despido, las Partes se comprometen a reconocer: 

  • El derecho de todos los trabajadores a no ser despedidos sin que existan razones válidas para ello relacionadas con sus aptitudes o su conducta, o basadas en las necesidades de funcionamiento de la empresa, del establecimiento o del servicio.
  • El derecho de los trabajadores despedidos sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada.
  • A tal fin, las Partes se comprometen a garantizar que un trabajador que estime que se le ha despedido sin una razón válida tenga derecho a recurrir ante un organismo imparcial.

¿Cuánto me tienen que pagar si me despiden en España?

En la actualidad, según lo que se detalla en el Estatuto de los Trabajadores, si se trata de un despido objetivo, le corresponden al trabajador 20 días de salario por año trabajado. Por otro lado, si se trata de un despido disciplinario u objetivo impugnado por el trabajador y declarado improcedente, la indemnización será de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. Ahora bien, si el contrato del trabajador o trabajadora es anterior al 12 de febrero de 2012 y se declara un despido improcedente, la indemnización será de 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades.

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