Eroski dice que está absuelta y no debe devolver dinero de sus aportaciones

  • La cooperativa vasca Eroski considera que el último auto aclaratorio dictado hoy sobre la demanda de las aportaciones subordinadas ratifica que queda absuelta y que no tiene que devolver el dinero de este producto financiero que fue comercializado por el BBVA.

Vitoria, 3 mar.- La cooperativa vasca Eroski considera que el último auto aclaratorio dictado hoy sobre la demanda de las aportaciones subordinadas ratifica que queda absuelta y que no tiene que devolver el dinero de este producto financiero que fue comercializado por el BBVA.

El Departamento Jurídico de Eroski ha hecho esta interpretación del auto emitido hoy por el titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, Marcos Bermúdez, en el que considera que la cooperativa y el BBVA deberán resolver sus diferencias por la comercialización de las aportaciones subordinadas o, en caso contrario, acudir a un nuevo juicio.

Esta aclaración fue solicitada por Eroski tras la sentencia dictada en enero pasado por este mismo juez, que anuló los contratos de compra de las aportaciones de Eroski tras la demanda colectiva presentada por la Asociación de Usuarios de Bancos (Adicae) en representación de 68 personas.

Además, condenó al BBVA, comercializador de las subordinadas, a devolver el dinero de estos productos y absolvió a la empresa cooperativa perteneciente al Grupo Mondragón.

En el nuevo auto de hoy el juez resume lo dicho en sus anteriores aclaraciones y, a juicio de Eroski, "ratifica la sentencia condenatoria" contra el BBVA, que deberá devolver el dinero invertido por sus clientes en esas aportaciones subordinadas, restando los intereses percibidos.

Eroski pone de relieve que el fallo de la sentencia no puede ser modificado a través de una aclaración posterior del juez, por lo que en cualquier caso las reclamaciones para que se ejecute lo dictaminado "sólo podrán dirigirse contra la entidad comercializadora", es decir el BBVA.

El juez explica que Eroski "debería soportar los efectos reflejos o indirectos de la nulidad" de esos contratos de aportaciones subordinadas y tendría que devolver al BBVA "el importe de la inversión obtenida por su intermediación, minorado en los intereses que haya abonado a los inversores y las comisiones pagadas por la comercialización".

Bermúdez también añade que Eroski podría reclamar al BBVA por los "daños y perjuicios que entienda que le ha causado la forma de comercialización empleada".

Sin embargo, a juicio de Eroski, "el hecho de que se aluda en el auto de aclaración a los efectos indirectos de la sentencia entre el emisor y el comercializador no implica que estos efectos formen parte del proceso y por tanto no constituyen parte de la sentencia", han señalado fuentes de la cooperativa.

"Las manifestaciones incluidas por el juez sobre la relación entre el BBVA y Eroski son ajenas a este litigio y por tanto no producen efecto alguno", recalcan las mismas fuentes.

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