Los errores al darse de alta como autónomo y que te hacen perder dinero

Fotografía autónomos / tabla contabilidad / EFE
Fotografía autónomos / tabla contabilidad / EFE

Los trabajadores autónomos, al trabajar por cuenta propia, son los responsables de notificar su alta, baja o cualquier variación a los organismos correspondientes. Su alta, tanto en la Seguridad Social, como en Hacienda, es fundamental para realizar todos los procedimientos adecuadamente.

Sin embargo, los trámites necesarios pueden resultar muy complicados y pueden surgir dudas e incluso errores al formalizar el alta. Para evitar errores, que posteriormente pueden suponer un mayor coste para el autónomo, a continuación repasamos los despistes más comunes para evitar cometerlos.

En primer lugar, darse de alta como trabajador por cuenta propia implica una doble notificación tanto en la Seguridad Social como en Hacienda. En ocasiones, el trabajador solo cursa el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, pero se olvida de notificarlo a la Agencia Tributaria.

El primer trámite se realiza a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, en los 60 días anteriores al comienzo de la actividad, mientras que el segundo requiere completar el modelo 036. Además, si se realizan operaciones con empresas europeas hay que darse de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), un paso que en muchas ocasiones se olvida.

Impuestos

Algunas de las dudas que pueden surgir al tramitar el alta se derivan precisamente de los procesos anteriores. En estos documentos se señala qué tipo de actividad vas a llevar a cabo, tus datos y el régimen fiscal que te incumba. Debes revisar qué obligaciones fiscales tendrás una vez dado de alta. Principalmente se deberán liquidar trimestralmente el IVA y el IRPF.

Pero, ojo. En caso de que el 70% de tus ingresos estén sujetos a retención la declaración trimestral no es obligatoria. Esta es una cuestión a tener en cuenta porque si seleccionas la casilla X en el modelo 037 esta exención para declarar no se aplica, ya que te has comprometido a ello.

Respecto a los impuestos, también importa el epígrafe elegido al darte de alta en Hacienda. Debes seleccionar el epígrafe en el IAE que se corresponda con tu actividad. Esta elección determinará la forma de tributar de cara al IRPF e IVA.

La base de cotización es otro de los ‘quebraderos de cabeza’ de muchos autónomos. Al darte de alta en la Seguridad Social debes seleccionar la base por la que vas a cotizar y debes valorar a partir de los 47 años tendrás limitaciones para cambiarla.

Ayudas y bonificaciones

Además de lo anterior, es importante revisar las posibles bonificaciones o ayudas de las que te puedes beneficiar como trabajador autónomo antes de darte de alta. Esto es porque en ocasiones para beneficiarte de las ayudas es necesario seleccionar la casilla correspondiente en el modelo o se otorgan si el trabajador estaba en una situación concreta, por ejemplo desempleado, antes de comenzar a trabajar por cuenta propia.

Por otra parte, algunas deducciones están vinculadas a las características del trabajo por cuenta propia, por ejemplo si trabajas desde casa. En ese sentido, debes afectar tu vivienda si vas a trabajar desde ella e indicar algunos datos identificativos de la misma.

Al iniciar la actividad como autónomo no se suele contemplar las situaciones de baja o desempleo, por ejemplo. En esos casos, la mutua elegida será quien responda ante tí, de manera que es importante valorar cuál se elige.

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