Ojo con las facturas

Los errores más comunes entre los autónomos que pueden costar caros

Estos empleados, al trabajar por cuenta propia, son los responsables de notificar su alta, baja o cualquier variación y los trámites no siempre resultan fáciles.

Un jubilado.
Los errores más comunes entre los autónomos que pueden costar caros
Depositphotos.

Los trabajadores autónomos tienen características laborales diferentes a los asalariados. Entre otras cuestiones, al trabajar por cuenta propia, dependen de ellos mismos para realizar las gestiones con la Administración Pública, ya que son los responsables de notificar su alta, baja o cualquier variación. La realización de estos trámites no siempre es fácil, especialmente durante los primeros momentos, por eso es importante prestar atención y evitar los errores más habituales.

Al iniciar la actividad por cuenta propia la notificación del alta es fundamental. Darse de alta como autónomo implica una doble notificación, tanto a la Seguridad Social como a Hacienda. En ocasiones, el trabajador solo cursa el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, pero se olvida de notificarlo a la Agencia Tributaria. Además, si se realizan operaciones con empresas europeas hay que darse de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), un paso que en muchas ocasiones se olvida.

El trámite de la Seguridad Social se realiza a través de su sede electrónica en los 60 días anteriores al comienzo de la actividad, mientras que para notificar el alta a Hacienda hay que completar el modelo 036 antes de que se inicie la actividad empresarial y, sobre todo, antes de que se lleven a cabo operaciones que impliquen la obligación de retener o ingresar en cuenta. En caso de no presentar este modelo o no hacerlo en el plazo especificado la Agencia Tributaria puede aplicar una sanción de hasta 200 euros.

Una vez iniciada la actividad empresarial las obligaciones con la Administración Pública no cesan y, en este caso, serán obligaciones fiscales. Principalmente se deberán liquidar trimestralmente el IVA y el IRPF. Pero, ojo. En caso de que el 70% de tus ingresos estén sujetos a retención la declaración trimestral no es obligatoria. Esta es una cuestión a tener en cuenta porque si seleccionas la casilla 600 en el modelo 037 esta exención para declarar no se aplica, ya que te has comprometido a ello.

La base de cotización es otro de los ‘quebraderos de cabeza’ de muchos autónomos. Al darte de alta en la Seguridad Social debes seleccionar la base por la que vas a cotizar y debes valorar a partir de los 47 años tendrás limitaciones para cambiarla. Según cuál sea la elección determinará la pensión que se recibirá al jubilarse.

Por otra parte, más allá de los trámites administrativos, no hay que perder de vista la evolución del propio negocio. En ese sentido, el día a día es fundamental, se deberá prestar especial atención a cómo evoluciona la viabilidad del negocio y, por tanto, que cuenta con clientes. Para poder hacer cálculos y prevenir los gastos es recomendable hacer una previsión de ingresos, analizando posibles formas de financiación.

En caso de que el negocio no prospere adecuadamente, es posible que las deudas afloren y es importante tener en cuenta que los autónomos responden con todos sus bienes presentes y futuros, no solo con los de la actividad. 

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